Sentencia N° 4248 — Sala Constitucional del TSJ, 9 de diciembre de 2005
TSJ/SC, Sent. N° 4248, Exp. 04-3125, 09/12/2005
Expediente04-3125
PonentePedro Rafael Rondón Haaz
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2005-12-09
DecisiónCon Lugar
Resumen
La Sala Constitucional se pronunció sobre un recurso de amparo constitucional interpuesto por Eung Koo Lee, quien alegó violación a sus derechos a la tutela judicial eficaz, defensa y debido proceso. La Sala consideró que el juzgado de instancia había omitido pruebas relevantes para la decisión del caso. En consecuencia, se ordenó al Juzgado Décimo de Primera Instancia que recabara y suministrara copia certificada del expediente correspondiente para el esclarecimiento de los hechos.
Extracto de la motiva
Por cuanto, el artículo 17 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales permite al “Juez que conozca de la acción de amparo (…), siempre que no signifique perjuicio irreparable para el actor, la evacuación de las pruebas que juzgue necesarias para el esclarecimiento de los hechos que aparezcan dudosos u oscuros”, lo cual opera en cualquier estado y grado de la causa; y por cuanto la demandante de amparo alegó que el juzgado supuesto agraviante silenció pruebas determinantes para el dispositivo, en tanto que ellas demostrarían su solvencia y, para su evidencia, consignó en los autos copia certificada de la sentencia de primera instancia del juicio originario y las actuaciones que ocurrieron ante la Alzada; no obstante la Sala considera que para la emisión de un pronunciamiento sobre ese punto se requiere el estudio de copia certificada de todo el expediente del juicio originario y, por ello, se ordena al Juzgado Décimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas que, en un lapso de tres (03) días, que se computará desde la recepción del oficio correspondiente, recabe y suministre a esta Sala copia certificada del expediente n° 28.237 de su nomenclatura.