Sentencia N° 421 — Sala Constitucional del TSJ, 7 de junio de 2016

TSJ/SC, Sent. N° 421, Exp. 16-0104, 07/06/2016
Expediente16-0104
PonenteGLADYS MARÍA GUTIÉRREZ ALVARADO
MateriaConstitucional
Tipo de recursoNulidad por Inconstitucionalidad
Fecha de la decisión2016-06-07
DecisiónInadmisible

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia declara inadmisible el recurso de nulidad por inconstitucionalidad interpuesto por Atilio Agelviz Alarcón contra la Resolución No. CMR-016-2013 del Poder Ciudadano. La Sala establece que la competencia para conocer del caso corresponde a los Juzgados Nacionales de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, dado que el acto impugnado es un acto administrativo de efectos particulares. Se argumenta que la acumulación de pretensiones en la demanda es inepta, ya que corresponde a órganos jurisdiccionales distintos.

Extracto de la motiva

La Sala considera que el acto impugnado, emitido por la Coordinadora para la Determinación de Responsabilidades Administrativas de la Auditoría Interna, de la Universidad Pedagógica Experimental Libertador, es un acto administrativo de efectos particulares, por lo que su conocimiento corresponde a los Juzgados Nacionales de la Jurisdicción Contencioso Administrativa. La acumulación de pretensiones de nulidad por inconstitucionalidad de una Resolución dictada por el Consejo Moral Republicano y del acto emitido por la Coordinadora no puede darse, ya que se trata de asuntos que deben ser conocidos por órganos jurisdiccionales distintos. La Sala declara inadmisible la demanda por inepta acumulación, conforme a lo previsto en la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia.

Dispositiva

1.- Que tiene COMPETENCIA para conocer y decidir la presente causa. 2.- INADMISIBLE la demanda de nulidad por razones de inconstitucionalidad, interpuesta por el abogado ATILIO AGELVIZ ALARCÓN, titular de la cédula de identidad n.° V-1.529.002, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el n.° 4.510, actuando en su propio nombre, contra el “ACTO ADMINISTRATIVO contenido en la RESOLUCIÓN No. CMR-016-2013, DE FECHA 11-12-2013, DICTADA POR EL PODER CIUDADANO, CONTENTIVA DEL CÓDIGO DE ÉTICA DE LAS SERVIDORAS Y LOS SERVIDORES PÚBLICOS DE ESTE ORGANISMO, publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela, No. 40.314, de fecha 12 de diciembre de 2013”.

Palabras clave

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