Sentencia N° 42 — Sala Constitucional del TSJ, 19 de enero de 2007
TSJ/SC, Sent. N° 42, Exp. 06-0742, 19/01/2007
Expediente06-0742
PonenteCarmen Zuleta de Merchán
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo
Fecha de la decisión2007-01-19
DecisiónCon Lugar
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia decidió homologar el desistimiento del recurso de apelación interpuesto por los abogados de PANAFOTO ZONA LIBRE, S.A. contra la sentencia del Juzgado Superior Segundo que declaró inadmisible la acción de amparo. La decisión se basa en que la violación alegada no compromete el orden público ni afecta las buenas costumbres, permitiendo así el desistimiento. La Sala reafirma que el desistimiento es el único mecanismo de autocomposición procesal en el ámbito del amparo, siempre que no afecte intereses de terceros.
Extracto de la motiva
La presente acción de amparo constitucional ha sido incoada contra las decisiones dictadas el 1° de febrero y 8 de noviembre de 2002 y el 7 de marzo de 2003, por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, con ocasión de la intimación de honorarios que incoó el abogado Jorge Tahan Bittar contra Speco de Venezuela, S.A., Importadora Mary-Isa, S.R.L. y el ciudadano Jesús Morillo Sánchez, por cuanto dicho tribunal supuestamente actuó “…fuera de su competencia, en forma clara y evidente, ello ante la manifiesta violación de derechos constitucionales fundamentales de [la accionante], así como errores graves en la interpretación del derecho aplicable”. Por su parte, la decisión dictada por la primera instancia constitucional, ahora apelada, pronunciada por el Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, declaró inadmisible la acción de amparo constitucional, por cuanto la misma estaba incursa en la causal de inadmisibilidad a que se refiere el cardinal 5 del artículo 6 de Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales, al ser posible el ejercicio del recurso de invalidación. Contra esta última decisión fue interpuesto el recurso de apelación del que conoce esta Sala.
Dispositiva
HOMOLOGA EL DESISTIMIENTO del recurso de apelación ejercido por los abogados Carlos Manuel Guillermo Padrón y Laura María Hernández, contra la sentencia dictada el 5 de mayo de 2006 por el Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, que declaró inadmisible la acción de amparo constitucional incoada por los referidos abogado, en representación judicial de PANAFOTO ZONA LIBRE, S.A. antes identificada, contra las decisiones dictadas el 1° de febrero y 8 de noviembre de 2002 y el 7 de marzo de 2003, por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. En consecuencia, se declara firme la sentencia apelada.