Sentencia N° 419 — Sala Constitucional del TSJ, 26 de abril de 2013

TSJ/SC, Sent. N° 419, Exp. 13-0045, 26/04/2013
Expediente13-0045
PonenteArcadio Delgado Rosales
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2013-04-26
DecisiónInadmisible

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia declara inadmisible la acción de amparo constitucional interpuesta por el abogado Oswaldo José Moreno Méndez, en representación de Gassan Ghannan Ghannan y Samar Sleiman Abilmona de Ghannan, contra la sentencia del 24 de noviembre de 2011 del Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Bancario y Tránsito del Estado Falcón. La inadmisibilidad se fundamenta en que la acción fue presentada fuera del lapso de caducidad de seis meses establecido por la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales, ya que transcurrieron más de seis meses desde la emisión del fallo hasta la interposición de la demanda de amparo.

Extracto de la motiva

La Sala observa que, en el presente caso, se pretende impugnar la decisión dictada por el Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Bancario y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón el 24 de noviembre de 2011, que declaró con lugar el recurso de apelación interpuesto por los apoderados judiciales de los ciudadanos Víctor Helly Fuguet Beaujon, Aleydi Fuguet Beaujon, Mildred Fuguet, Víctor Jesús Fuguet Gotilla, Víctor Alfonso Fuguet Álvarez, Hildemaro Sarmiento Urquía, Dulce Amarylis Fuguet y Francy Teresa Hernández Fuguet, contra la decisión emitida el 13 de mayo del 2011 por el Tribunal Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y del Tránsito de esa misma Circunscripción Judicial que declaró con lugar la impugnación a la subsanación de la cuestión previa establecida en el artículo 346, ordinal 6° en concordancia con el artículo 340, ordinal 8° del Código de Procedimiento Civil, opuesta por los ciudadanos Gassan Ghannan Ghannan y Samar Sleiman Abilmona de Ghannan, en el juicio de reivindicación seguido en su contra. En consecuencia, declaró la extinción del proceso y condenó en costas a la parte actora por haber resultado vencida totalmente en la incidencia.

Dispositiva

Por las razones expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala Constitucional, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE la acción de amparo interpuesta por el abogado Oswaldo José Moreno Méndez, actuando con el carácter de apoderado judicial de los ciudadanos GASSAN GHANNAN GHANNAN y SAMAR SLEIMAN ABILMONA DE GHANNAN, ya identificados, contra la sentencia dictada el 24 de noviembre de 2011 por el Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Bancario y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón.

Palabras clave

subsanaciónapelacióncostasdebido procesoarticulación probatoriaCódigo de Procedimiento Civil

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