Sentencia N° 4171 — Sala Constitucional del TSJ, 9 de diciembre de 2005
TSJ/SC, Sent. N° 4171, Exp. 04-2365, 09/12/2005
Expediente04-2365
PonentePEDRO RAFAEL RONDÓN HAAZ
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2005-12-09
DecisiónInadmisible
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia declara inadmisible la demanda de amparo constitucional interpuesta por MOBIL PRODUCTOS REFINADOS contra decisiones del Juzgado Superior de lo Contencioso Tributario. La parte actora alegó violaciones a sus derechos constitucionales, pero el tribunal constató que las denuncias de violaciones cesaron tras la nulidad de la intimación de pago dictada por el tribunal agraviante. Por lo tanto, se fundamenta la inadmisibilidad en el artículo 6.1 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales.
Extracto de la motiva
La parte actora consignó, el 4 de octubre de 2004, escrito en el que señaló que el Juzgado Superior de lo Contencioso Tributario de la Región Central, previa solicitud en ese sentido, dictó sentencia en la cual declaró la nulidad de la intimación de pago que propuso la Alcaldía del Municipio Girardot del Estado Carabobo y suspendió la medida de embargo que se había decretado. Posteriormente, el 3 de noviembre de 2004, la demandante consignó copia certificada del fallo que dictó el tribunal supuesto agraviante. De la revisión de la sentencia que se aludió anteriormente y una vez que se contrastó con la pretensión del amparo de autos, la Sala encuentra que las denuncias de violaciones de derechos constitucionales que fueron expuestas originalmente cesaron, razón por la cual, conforme a lo que establece el artículo 6.1 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales, la demanda que se intentó se declara inadmisible. Así se decide.
Dispositiva
Por las razones que anteceden, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala Constitucional, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE la demanda de amparo que incoó MOBIL PRODUCTOS REFINADOS, mediante la representación de los abogados José Vicente Haro, Pedro A. Jedlicka y Miguel Ángel Mora, contra las decisiones judiciales que dictó, el 28 de julio y 13 de agosto de 2004, el Juzgado Superior de lo Contencioso Tributario de la Región Central. Publíquese y regístrese. Archívese el expediente.
Palabras clave
amparo constitucionalderechos constitucionalesdebido procesolibertad económicanulidad de intimaciónembargo ejecutivoviolación de derechos