Sentencia N° 416 — Sala Constitucional del TSJ, 28 de abril de 2023

TSJ/SC, Sent. N° 0416, Exp. 22-0245, 28/04/2023
Expediente22-0245
PonenteMichel Adriana Velásquez Grillet
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo
Fecha de la decisión2023-04-28
DecisiónSin Lugar

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, en su decisión del 28 de abril de 2023, confirmó la inadmisibilidad de la acción de amparo interpuesta por el abogado Carlos Cortéz Riera en nombre de Sergio Kedroff Gartman. La Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Lara había declarado inadmisible la acción el 11 de febrero de 2022, argumentando que la presunta omisión de pronunciamiento había cesado, ya que el Tribunal de Primera Instancia se había pronunciado sobre la solicitud de revisión de medida privativa de libertad del accionante. El Tribunal Supremo, al analizar el recurso de apelación, determinó que la acción de amparo no era procedente, dado que no existía la violación de derechos alegada por el apelante. Se concluyó que la decisión de la Corte de Apelaciones se ajustaba a derecho y que la situación denunciada por el accionante había sido resuelta, por lo que se declaró sin lugar el recurso de apelación y se confirmó el fallo apelado.

Extracto de la motiva

Ahora bien, en atención a la cita jurisprudencial antes transcrita, así como del análisis efectuado por este Tribunal Superior, se evidencia que la presunta violación de derechos constitucionales alegadas por la accionante en el caso de autos, ya CESÓ, cuando el Tribunal de Primera Instancia en función de Juicio № 01 de este Circuito Judicial Penal, se pronunció con respecto a la solicitud de la parte accionante con respecto a la revisión de medida, negándolo por considerar que no le es aplicable en este momento la norma contenida en el artículo 231 del Código Orgánico Procesal Penal, en virtud que al ciudadano SERGIO KEDROFF GARMATIN, titular de la cédula de identidad № V-3.539.220, le fuera dictada sentencia condenatoria en fecha 01 de octubre de 2021, a cumplir la pena de 23 años de prisión por la comisión del delito de ABUSO SEXUAL A NIÑOS CON PENETRACIÓN EN GRADO DE CONTINUIDAD, previsto y sancionado en el articulo 259 en su primer aparte de la LOPNNA EN CONCORDANCIA CON EL ARTÍCULO 99 del Código Penal, con la circunstancia agravante del artículo 217 de la LOPNNA, lo que comporto ordenar su reclusión en un Centro Penitenciario en cumplimiento de una pena y no para el cumplimiento de una medida de privación judicial preventiva de libertad; habiéndose realizado el pronunciamiento acerca de la petición omisiva denunciada por los hoy accionantes y que motivaron la interposición de la presente acción de amparo constitucional, por la presunta violación de los derechos consagrados en los artículos 26, 27 y 30 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela todo ello de lo que se desprende de los registros del Sistema Juris 2000; por lo que la presunta Violación de los derechos constitucionales, ha sido resuelta y siendo que la presunta lesión jurídica infringida denunciada por el accionante ha cesado, queda configurado en el caso en estudio, la causal de inadmisibilidad establecida en el numeral 1 del artículo 6 de la Ley Orgánica de Amparos sobre Derechos y Garantías Constitucionales, y por esta razón esta Sala, considera que la presente acción de amparo, es INADMISIBLE. Y ASÍ SE DECIDE.

Dispositiva

1. Es competente para conocer del recurso de apelación de amparo constitucional, interpuesto, el 18 de febrero de 2022, por el abogado Carlos Cortéz Riera, actuando como defensor privado del ciudadano SERGIO KEDROFF GARTMAN, identificado supra, contra el fallo dictado, el 11 de febrero de 2022, por la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, que declaró inadmisible la acción de amparo constitucional interpuesta contra la presunta omisión de pronunciamiento del Tribunal Primero de Primera Instancia en funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Lara. 2.- Sin lugar la apelación interpuesta por el abogado Carlos Cortéz Riera, defensor privado del ciudadano SERGIO KEDROFF GARTMANN, ya identificado, contra la decisión dictada, el 11 de febrero de 2022, por la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Lara. 3.- CONFIRMA el mencionado fallo apelado.

Palabras clave

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