Sentencia N° 416 — Sala Constitucional del TSJ, 2 de junio de 2017
TSJ/SC, Sent. N° 416, Exp. 16-1041, 02/06/2017
Expediente16-1041
PonenteLUIS FERNANDO DAMIANI BUSTILLOS
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2017-06-02
DecisiónInadmisible
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia declara inadmisible la acción de amparo interpuesta por el abogado Raúl Santana Medina, en representación de Raúl Santana Tarbay, contra la decisión del Juzgado Superior Quinto en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Bancario de Caracas. La acción fue considerada inadmisible por caducidad, ya que transcurrieron más de seis meses desde la notificación tácita de la sentencia impugnada, lo que implica que el demandante consentió la decisión. La Sala también establece que no se evidencian violaciones de derechos que afecten al orden público o a la colectividad, lo que refuerza la inadmisibilidad de la acción.
Extracto de la motiva
Lo antes señalado obliga a concluir que los litigantes en este juicio por efecto del desistimiento del procedimiento, dieron por terminado este proceso, asumiendo a su vez obligaciones que en caso de incumplimiento deben ser exigidas mediante la interposición de una pretensión independiente y autónoma a esta, por cumplimiento de convenio que contiene el documento en cuestión, en ejercicio del derecho concedido por el artículo 1167 del Código Civil. En virtud de lo antes expuesto, este Tribunal como complemento al auto dictado en fecha veinticuatro (24) de septiembre de 2007, por el Juzgado Superior Séptimo en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, que homologó el acuerdo transaccional de fecha once (11) de septiembre de 2007, por ante la Notaría Sexta del Municipio Libertador, del Distrito Capital, en los mismos términos en que fue expuesto, da por CONSUMADO el DESISTIMIENTO DEL PROCEDIMIENTO, formulado en la cláusula CUARTA, da por terminado el presente asunto y ordena el archivo del expediente.
Dispositiva
Por los anteriores razonamientos, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala Constitucional, administrando justicia en nombre de la República por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE la acción de amparo incoada con medida cautelar de suspensión por el apoderado del ciudadano RAÚL SANTANA TARBAY, ya identificado, contra la decisión emitida el 23 enero de 2013 por el Juzgado Superior Quinto en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, de conformidad con lo previsto en el artículo 6.4 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales.