Sentencia N° 415 — Sala Constitucional del TSJ, 29 de noviembre de 2019

TSJ/SC, Sent. N° 0415, Exp. 17-1175, 29/11/2019
Expediente17-1175
PonenteCALIXTO ORTEGA RIOS
MateriaConstitucional
Tipo de recursoRevision Constitucional
Fecha de la decisión2019-11-29
DecisiónNO HA LUGAR

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, en su sentencia del 29 de noviembre de 2019, declaró sin lugar la solicitud de revisión constitucional interpuesta por Inés María Díaz Coronil contra la sentencia del Juzgado Superior Octavo de lo Contencioso Administrativo que había declarado sin lugar su recurso contencioso administrativo. La solicitante alegó violaciones a sus derechos constitucionales, incluyendo el derecho a la defensa y al debido proceso, argumentando que no tuvo asistencia legal durante el procedimiento administrativo que resultó en su destitución del cargo de Archivista III. La Sala analizó los alegatos y concluyó que la ciudadana había sido debidamente notificada del procedimiento y tuvo acceso al expediente, así como la oportunidad de presentar sus descargos y pruebas. Se determinó que el procedimiento administrativo cumplió con las formalidades requeridas y que no hubo violación al debido proceso, ya que la solicitante actuó en su propio nombre y tuvo la oportunidad de defenderse adecuadamente. Finalmente, la Sala consideró que no existían fundamentos suficientes para la revisión solicitada, ya que no se evidenciaron infracciones a normas constitucionales ni errores en la interpretación de las mismas, concluyendo que la decisión del Juzgado Superior fue ajustada a derecho.

Extracto de la motiva

motivación “… por haber silenciado parcialmente las pruebas que nuestra representada aportó al procedimiento Administrativo, toda vez, que como alegó en el acto de Descargo que sí había asistido a sus labores diarias los días 01, 04, 05 y 06 del mes de abril de 2011, y que a tal efecto aperturado (sic) a pruebas el procedimiento consignó copia certificada del Libro de actividades de la Biblioteca IAJuriss.com | Base de Datos Jurídica de Venezuela | Página 3 de 21 ubicada en Santa Rosalía, que están realizadas de su puño y letra, y que fueron debidamente firmadas, selladas y certificadas por la Licenciada MILAGRO COLINA, en su condición de Coordinadora de Biblioteca sede Santa Rosalía, y que en la decisión el órgano Administrativo dejo sentado lo siguiente: omissis ‘…pruebas ésta (si

Dispositiva

Por las razones anteriormente expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia en Sala Constitucional, administrando justicia en nombre de la República por autoridad de la ley, declara: NO HA LUGAR la solicitud de revisión constitucional intentada por los abogados Carlos Alberto Cuicas Colón y Nelson Antonio Rojas Brito, inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los números 80.058 y 196.405, respectivamente, actuando en nombre y representación de la ciudadana INÉS MARÍA DÍAZ CORONIL, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-6.200.047, contra la sentencia dictada, el 11 de julio de 2013, por el Juzgado Superior Octavo de lo Contencioso Administrativo de la Región Capital.

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