Sentencia N° 415 — Sala Constitucional del TSJ, 7 de abril de 2015

TSJ/SC, Sent. N° 415, Exp. 15-0094, 07/04/2015
Expediente15-0094
PonenteJuan José Mendoza Jover
MateriaConstitucional
Tipo de recursoRevision Constitucional
Fecha de la decisión2015-04-07
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia revisó la sentencia n.° 592 de la Sala de Casación Civil, que había declarado con lugar un recurso de casación y anulado un fallo anterior. La Sala Constitucional encontró que la decisión de la Sala de Casación Civil había vulnerado el derecho a la defensa y la tutela judicial efectiva al no considerar adecuadamente los alegatos de las partes y al ordenar la reposición de la causa sin justificación. En consecuencia, se declaró ha lugar la solicitud de revisión, se anuló la decisión impugnada y se ordenó que la Sala de Casación Civil dictara un nuevo fallo conforme a los criterios establecidos en esta decisión.

Extracto de la motiva

La Sala de Casación Civil del Tribunal Supremo de Justicia, en sentencia n.° 592, del 26 de septiembre de 2014, en su parte dispositiva declaró con lugar el recurso de casación anunciado y formalizado por el codemandado Jonathan Gregori Mederos Uzcátegui contra la decisión del Juzgado Superior Noveno en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, dictada en fecha 22 de enero de 2014. En consecuencia, anuló el fallo recurrido, y ordenó reponer la causa al estado de que se notifique al Banco Provincial, S.A. Banco Universal de conformidad con los artículos 146 y 148 del Código de Procedimiento Civil, en el marco del juicio que, por nulidad de contrato de compra venta y cumplimiento de oferta de venta, intentó el ciudadano Santiago de Jesús Arboleda Vargas contra los ciudadanos Julio Marcelo Mañan, Rebeca Bitchatchi, Jonathan Gregori Mederos Uzcátegui y la sociedad mercantil Inversiones 212994, C.A.

Dispositiva

Por las razones expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala Constitucional, administrando justicia en nombre de la República por autoridad de la Ley, declara HA LUGAR la solicitud de revisión constitucional que interpuso el abogado Mario José Cárdenas Pacheco, en su carácter de apoderado judicial del ciudadano SANTIAGO DE JESÚS ARBOLEDA VARGAS, de la sentencia n.° 592, del 26 de septiembre de 2014, dictada por la Sala de Casación Civil del Tribunal Supremo de Justicia. En consecuencia, se ANULA dicha decisión y REPONE la causa al estado en que la referida Sala (Accidental) dicte nuevo fallo de acuerdo con el criterio que fue expuesto en la presente decisión.

Palabras clave

nulidad de contratoderecho de defensalitisconsorciohipotecasimulaciónprocedimiento civil

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