Sentencia N° 415 — Sala Constitucional del TSJ, 14 de marzo de 2008

TSJ/SC, Sent. N° 415, Exp. 07-1831, 14/03/2008
Expediente07-1831
PonenteMarcos Tulio Dugarte Padrón
MateriaConstitucional
Tipo de recursoRevision Constitucional
Fecha de la decisión2008-03-14
DecisiónNO HA LUGAR

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, en su decisión del 14 de marzo de 2008, declaró sin lugar la solicitud de revisión presentada por Silvia Rosa Durán contra la sentencia del 27 de julio de 2007, dictada por la Sala de Casación Civil Accidental. La solicitante argumentó violaciones a sus derechos constitucionales y la inaplicación de la figura de perención de la instancia, pero la Sala consideró que no existían errores grotescos en la interpretación de la norma constitucional y que la decisión de la Sala de Casación Civil fue adecuada.

Extracto de la motiva

Tal como se dejó sentado en la sentencia citada ut supra, del 6 de febrero de 2001 (Caso: “CORPOTURISMO”), la potestad de revisión consagrada en el artículo 336, numeral 10 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, que puede ser ejercida por la Sala de manera discrecional, no debe ser entendida como una nueva instancia, puesto que su procedencia está limitada a los casos de sentencias definitivamente firmes. Por otra parte, de acuerdo con lo señalado en ese mismo fallo, la Sala está facultada para desestimar la revisión sin motivación alguna, cuando considere que la decisión judicial que ha de revisarse, en nada contribuye a la uniformidad de la interpretación de normas y principios establecidos en el referido Texto Fundamental, ni constituye una deliberada violación de sus preceptos. En el caso examinado, el acto judicial sometido a la revisión de esta Sala es la sentencia del 27 de julio de 2007, dictada por la Sala de Casación Civil Accidental de este Máximo Tribunal, que declaró sin lugar el recurso de casación anunciado y formalizado por la hoy solicitante contra la sentencia dictada el 31 de mayo de 2005, por el entonces Juzgado Superior Accidental en lo Civil, Mercantil, Tránsito, del Trabajo, de Menores y Estabilidad Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, con ocasión del juicio del juicio de partición de la comunidad ganancial incoado contra el ciudadano Alberto Antonio Monasterio Moreno.

Dispositiva

Por las razones que anteceden, esta Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la ley, declara que NO HA LUGAR la solicitud de revisión presentada por la ciudadana SILVIA ROSA DURÁN, asistida por el abogado Carlos Yguaro Martínez, de la sentencia del 27 de julio de 2007, dictada por la Sala de Casación Civil Accidental de este Máximo Tribunal. Publíquese y regístrese. Archívese el expediente.

Palabras clave

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