Sentencia N° 415 — Sala Constitucional del TSJ, 19 de marzo de 2004

TSJ/SC, Sent. N° 415, Exp. 03-0180, 19/03/2004
Expediente03-0180
PonenteIván Rincón Urdaneta
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2004-03-19
DecisiónInadmisible

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia revocó la decisión de la Corte de Apelaciones que había declarado con lugar la acción de amparo constitucional interpuesta por Elba Irradia Osorio Álvarez en representación de Jesús Alberto Lozada Vásquez. La Sala consideró que la acción era inadmisible, ya que el demandante había ejercido previamente un recurso de nulidad que fue declarado sin lugar por el Juzgado de Control. La Sala argumentó que las presuntas violaciones a los derechos constitucionales alegadas no podían ser convalidadas y que la situación jurídica del demandante debía ser restablecida a través de la vía ordinaria.

Extracto de la motiva

La acción de amparo constitucional que originó el fallo consultado fue interpuesta contra la decisión dictada por el Juzgado Cuadragésimo Tercero de Control del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas el 2 de diciembre de 2002, por cuanto -a decir de la apoderada judicial del accionante- dicha decisión convalidó las actuaciones realizadas por la Dirección General de los Servicios de Inteligencia y Prevención (DISIP), al momento de la aprehensión de su defendido. Ahora bien, consta en autos que la apoderada judicial del accionante interpuso recurso de nulidad -de conformidad con el artículo 191 del Código Orgánico Procesal Penal- contra las actuaciones realizadas por la Dirección General de los Servicios de Inteligencia y Prevención (DISIP), por violación de los derechos fundamentales de su representado, relativos a la defensa y al debido proceso, por cuanto al momento de su aprehensión por parte de la mencionada Dirección, no advirtieron a su defendido sobre sus derechos constitucionales. Dicho recurso de nulidad fue declarado sin lugar por el Juzgado Cuadragésimo Tercero de Control del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas mediante decisión del 2 de diciembre de 2002.

Dispositiva

Por las razones antes expuestas, esta Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República por autoridad de la Ley, REVOCA la decisión dictada por la Sala No. 4 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas el 2 de enero de 2003, objeto de la presente consulta, la cual declaró con lugar la acción de amparo constitucional interpuesta por el ciudadano JESÚS ALBERTO LOZADA VÁSQUEZ contra la decisión dictada por el Juzgado Cuadragésimo Tercero de Control del mismo Circuito Judicial Penal el 2 de diciembre de 2002 y declara INADMISIBLE la referida acción de amparo.

Palabras clave

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