Sentencia N° 414 — Sala Constitucional del TSJ, 27 de marzo de 2025
TSJ/SC, Sent. N° 0414, Exp. 24-0717, 27/03/2025
Expediente24-0717
PonenteTANIA D´AMELIO CARDIET
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2025-03-27
DecisiónCon Lugar
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la apelación de amparo constitucional interpuesta por el abogado Luis Carlos Malavé Esaa en representación de Giuseppe Tufano Del Vecchio, contra la omisión de pronunciamiento del Tribunal Sexto de Primera Instancia en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado la Guaira. La apelación fue presentada tras la decisión de la Corte de Apelaciones que declaró improcedente la acción de amparo. La Sala determinó su competencia para conocer del caso y ordenó al tribunal de origen remitir un informe detallado sobre el juicio por invasión de apartamento seguido contra Jean Piero Díaz Merchán, donde Tufano es la víctima querellante.
Extracto de la motiva
Ahora bien, al percatarse esta Sala que en la decisión recurrida en apelación, la Corte de Apelaciones en Penal Ordinario y Responsabilidad Penal del Adolescente del Circuito Judicial Penal del Estado la Guaira, declaró improcedente in limine litis la acción de amparo constitucional interpuesta contra la presunta omisión de pronunciamiento proferida por del Tribunal Sexto de Primera Instancia en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado la Guaira, con sede Macuto, referente a las solicitudes realizadas por la parte aquí apelante, respecto a la publicación y notificación del extenso de la sentencia cuyo dispositivo fue dictado por el señalado tribunal el 7 de febrero de 2024, por ese tribunal, con ocasión al juicio por invasión de apartamento seguido contra el ciudadano Jean Piero Díaz Merchán, antes identificado, donde el ciudadano Giuseppe Tufano es la víctima querellante, y como quiera que de las actas que constan el expediente no se verifican los elementos que esta Sala considera de interés para decidir la presente apelación. En virtud de lo antes expuesto esta Sala estima necesario, a fin de dictar una decisión ajustada a derecho que permita resolver la apelación ejercida, de conformidad con lo establecido en el artículo 145 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, se ORDENA al Tribunal Sexto de Primera Instancia en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado la Guaira, con sede Macuto, que en el lapso dos (2) días siguientes a su notificación, más un (1) día correspondiente al término de la distancia, remita un informe pormenorizado de la causa distinguida con el n° 033-2023, llevada en dicho tribunal, en el marco del juicio por invasión de apartamento seguido contra el ciudadano Jean Piero Díaz Merchán, antes identificado, donde el ciudadano Giuseppe Tufano es la víctima querellante, asimismo remitir copia certificada del texto integro de la sentencia dictada el 7 de febrero de 2024, con la respectiva resulta de la notificación de la misma. En caso de que el expediente cuya información se requiere no se encontrase en ese despacho, lo recabe, con el objeto de remitir la información solicitada a esta Sala. Así se establece.
Dispositiva
Se ORDENA al Tribunal Sexto de Primera Instancia en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado la Guaira, con sede Macuto, que en el lapso dos (2) días siguientes a su notificación, más un (1) día correspondiente al término de la distancia, remita un informe pormenorizado de la causa distinguida con el n° 033-2023, así como copia certificada del texto íntegro de la sentencia dictada el 7 de febrero de 2024.