Sentencia N° 414 — Sala Constitucional del TSJ, 26 de abril de 2013
TSJ/SC, Sent. N° 414, Exp. 12-1321, 26/04/2013
Expediente12-1321
PonenteArcadio Delgado Rosales
MateriaConstitucional
Tipo de recursoRevision Constitucional
Fecha de la decisión2013-04-26
DecisiónSin Lugar
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia revisó la sentencia de la Corte Segunda de lo Contencioso Administrativo que declaró sin lugar el recurso contencioso funcionarial de Gustavo Merentes Fuentes contra la Contraloría General del Estado Miranda. El solicitante argumentó violaciones a sus derechos laborales y a la seguridad jurídica, alegando que su remoción del cargo fue injustificada debido a su condición de funcionario de carrera. La Sala, tras analizar los argumentos y la normativa aplicable, concluyó que el cargo de Merentes era de confianza y, por lo tanto, su remoción era válida.
Extracto de la motiva
La Sala observa que el fundamento de la revisión lo fue la supuesta violación del derecho a la seguridad jurídica, el derecho al trabajo, a la seguridad social, a una vida digna, a la tutela judicial efectiva y al debido proceso, ya que, a decir del solicitante, al detentar un cargo de carrera no se le podía remover del cargo pues gozaba de estabilidad funcionarial. Sin embargo, la Sala concluye que la decisión judicial sometida a su consideración no contradice sentencia alguna dictada por esta Sala ni quebranta preceptos o principios contenidos en nuestra Carta Magna, por lo que se considera que la solicitud ejercida no contribuiría a la uniformidad de la interpretación de normas y principios constitucionales.
Dispositiva
Por lo expuesto, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala Constitucional, administrando Justicia en nombre de la República, por autoridad de la Ley, declara: Que NO HA LUGAR la solicitud de revisión constitucional intentada por los abogados Rosario Matos y Oscar Fermín, respectivamente, actuando en su carácter de apoderados judiciales de GUSTAVO MERENTES FUENTES, de la sentencia número 2012-0381 dictada el 19 de julio de 2012 (rectius 6 de marzo), por la Corte Segunda de lo Contencioso Administrativo por la cual, conociendo en apelación, revocó el fallo dictado el 25 de octubre de 2011, por el Juzgado Superior Quinto en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Capital y declaró sin lugar el recurso contencioso funcionarial intentado por el precitado ciudadano contra la Contraloría General del Estado Miranda.