Sentencia N° 412 — Sala Constitucional del TSJ, 21 de junio de 2018
TSJ/SC, Sent. N° 0412, Exp. 18-0200, 21/06/2018
Expediente18-0200
PonenteCARMEN ZULETA DE MERCHÁN
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2018-06-21
DecisiónCon Lugar
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia dictó la sentencia N° 1053 en el expediente N° 2018-0200, donde se resolvió a favor de la acción de amparo constitucional interpuesta por Pedro Alba Linares contra las decisiones del Tribunal Vigésimo Séptimo de Primera Instancia de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes. La Sala consideró que existían violaciones a los derechos del niño, lo que justificó la intervención del Tribunal para restablecer el orden público constitucional y garantizar el interés superior de la niña involucrada.
Se ordenó la suspensión de las medidas dictadas por el Consejo de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes a favor de la madre, Isabel Antonieta Rinaldo Andazora, y se decretó la custodia provisional de la niña a favor de su padre, Pedro Alba Linares. La Sala enfatizó la necesidad de proteger a la niña de situaciones de riesgo y maltrato, considerando las pruebas presentadas que evidenciaban la vulneración de sus derechos.
Finalmente, la Sala avocó el conocimiento de los procedimientos relacionados con la custodia y el proceso penal que enfrenta la madre, ordenando la remisión de los expedientes pertinentes para garantizar una resolución justa y acorde con el interés superior de la niña.
Extracto de la motiva
La Sala Constitucional, al examinar las actuaciones y alegatos presentados, concluyó que se han vulnerado los derechos fundamentales de la niña, lo que justifica la intervención del Tribunal. Se destacó la importancia de garantizar el interés superior del niño, tal como lo establece la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes. La Sala consideró que las decisiones contradictorias de los tribunales inferiores respecto a la custodia de la niña generaban una situación de incertidumbre y riesgo para su bienestar.
Se enfatizó que el otorgamiento de medidas cautelares en materia de custodia debe estar respaldado por pruebas contundentes que justifiquen un cambio en la situación actual. En este caso, se presentaron informes psicológicos y psiquiátricos que evidenciaban el maltrato sufrido por la niña, lo que llevó a la Sala a considerar que la custodia debía ser otorgada al padre, quien había demostrado su compromiso con el bienestar de su hija.
La Sala, en ejercicio de su potestad de avocamiento, decidió asumir el conocimiento de los procedimientos relacionados con la custodia y el proceso penal que enfrenta la madre, con el objetivo de restablecer el orden público constitucional y garantizar la protección de los derechos de la niña.
Dispositiva
PRIMERO: AVOCA al conocimiento de los siguientes procedimientos: 1.- Juicio de disconformidad contra las actuaciones del Consejo de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, intentado por la ciudadana Isabel Rinaldo Andazora, que actualmente cursa en el Juzgado Décimo Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en el expediente identificado con el alfanumérico AP51-V-2017-3966, (nomenclatura de dicho Tribunal), en el cual se otorgó la medida de custodia provisional de la niña cuya identidad se omite de conformidad con lo señalado en el artículo 65 de la Ley Orgánica Para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, a favor de la ciudadana Isabel Antonieta Rinaldo Andazora. 2.- Juicio de Modificación de Custodia instaurado por la ciudadana Isabel Rinaldo Andazora, que actualmente cursa en el Tribunal Vigésimo Séptimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en el expediente identificado con el alfanumérico AP51-V-2016-7570, nomenclatura de dicho Tribunal), en el que se otorgó medida cautelar de custodia provisional a favor de la ciudadana Isabel Antonieta Rinaldo Andazora, de la niña cuya identidad se omite de conformidad con lo señalado en el artículo 65 de la Ley Orgánica Para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes. 3.- Procedimiento Penal que se le sigue a la ciudadana Isabel Antonieta Rinaldo Andazora ante el Tribunal Décimo Séptimo de Primera Instancia Estadal en Funciones de Control de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en el expediente identificado con el alfanumérico 17C-19.235-17, por la presunta comisión de los delitos de trato cruel y desacato a la autoridad, tipificados en los artículos 254 y 270 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes. En caso de que dicha causa se encuentre en la Fiscalía del Ministerio Público del Área Metropolitana de Caracas, se ordena al Juez a cargo del Tribunal Décimo Séptimo de Primera Instancia Estadal en Funciones de Control de la Circunscripción Judicial, lo recabe y lo remita a esta Máxima Instancia Constitucional.
Palabras clave
custodiaamparo constitucionalinterés superior del niñomaltrato infantilprotección de niños