Sentencia N° 411 — Sala Constitucional del TSJ, 7 de abril de 2015

TSJ/SC, Sent. N° 411, Exp. 14-0676, 07/04/2015
Expediente14-0676
PonenteJuan José Mendoza Jover
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2015-04-07
DecisiónInadmisible

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia declaró inadmisible la acción de amparo interpuesta por el abogado Jesús Ramón Barreto en representación de Frank Alberto Barreto Montañez, contra una decisión de la Corte de Apelaciones que declaró inadmisible un recurso de apelación. La Sala fundamentó su decisión en que la acción fue presentada fuera del lapso de seis meses establecido por la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales, ya que la sentencia impugnada fue dictada el 02 de diciembre de 2013 y la acción se interpuso el 30 de junio de 2014.

Extracto de la motiva

La Sala observa que desde el 02 de diciembre de 2013, oportunidad en que se dictó la sentencia accionada, “publicada dentro del lapso legal”, hasta la fecha de la interposición de la presente acción de amparo constitucional, el 30 de junio de 2014, ha transcurrido con creces el lapso de seis meses establecido en la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales, como causal de inadmisibilidad. Así, en razón de lo expuesto, esta Sala observa que desde esa fecha, debe computarse el lapso a que se contrae el artículo 6, numeral 4, de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales, que establece: No se admitirá la acción de amparo: cuando la acción u omisión, el acto o la resolución que violen el derecho o la garantía constitucionales hayan sido consentidos expresa o tácitamente por el agraviado, a menos que se trate de violaciones que infrinjan el orden público o las buenas costumbres.

Dispositiva

Por las razones que anteceden, este Tribunal Supremo de Justicia en Sala Constitucional, administrando justicia en nombre de la República, por autoridad de la Ley declara INADMISIBLE la acción de amparo constitucional interpuesta por el abogado Jesús Ramón Barreto, en su carácter de defensor del ciudadano FRANK ALBERTO BARRETO MONTAÑÉZ, contra la sentencia dictada el 02 de diciembre de 2013, la Corte de Apelaciones con Competencia en Delitos de Violencia contra la Mujer y en Materia de Reenvío en lo Penal del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. Publíquese, regístrese y archívese el expediente. Cúmplase lo ordenado.

Palabras clave

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