Sentencia N° 407 — Sala Constitucional del TSJ, 22 de febrero de 2024
TSJ/SC, Sent. N° 0407, Exp. 22-0794, 24/10/2024
Expediente22-0794
PonenteMICHEL ADRIANA VELÁSQUEZ GRILLET
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2024-02-22
DecisiónHomologa el desistimiento
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, en sentencia número 0195, se declaró competente para conocer la acción de amparo constitucional interpuesta por Rubén Martín Aliza Macías en representación de Martín Alejandro Aliza Martínez. Se homologó el desistimiento de la acción debido a que el accionante fue absuelto en la causa penal correspondiente, lo que llevó al cese de todas las medidas en su contra y a su libertad plena.
Extracto de la motiva
Ahora bien, esta Sala constata que la presunta lesión denunciada por la parte actora no afecta al interés general, por lo que este Alto Tribunal juzga que las violaciones constitucionales alegadas no traducen infracción de las buenas costumbres o del orden público, que ha sido desarrollado por la doctrina de la Sala en sentencia del 6 de julio de 2001 (caso: R. Decina y otros), en los siguientes términos: “(...) el concepto de orden público a los efectos de la excepción al cumplimiento de ciertas normas relacionadas con los procesos de amparo constitucional, se refiere a la amplitud en que el hecho supuestamente violatorio del derecho o norma constitucional afecta a una parte de la colectividad o al interés general, más allá de los intereses particulares de los accionantes (...)”. En consecuencia, se constata que el abogado Rubén Martín Aliza Macías, en representación del ciudadano Martín Alejandro Aliza Martínez, tiene la cualidad para desistir y siendo que no existe razón que impida atender dicha solicitud de terminación procesal, esta Sala homologa el desistimiento formulado. Así se decide.
Dispositiva
HOMOLOGA EL DESISTIMIENTO de la acción de amparo constitucional interpuesta por el abogado Rubén Martín Aliza Macías, en representación del ciudadano Martín Alejandro Aliza Martínez, contra la sentencia dictada el 8 de agosto de 2022, por la Sala Uno (1) de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Aragua.