Sentencia N° 406 — Sala Constitucional del TSJ, 28 de noviembre de 2019

TSJ/SC, Sent. N° 0406, Exp. 16-0885, 28/11/2019
Expediente16-0885
PonenteLUIS FERNANDO DAMIANI BUSTILLOS
MateriaConstitucional
Tipo de recursoReclamo
Fecha de la decisión2019-11-28
DecisiónParcialmente Con Lugar

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia decidió sobre los recursos de reclamo interpuestos por las ciudadanas Darcy Lorena Sánchez Nieto y Jholeesky Del Valle Villegas Espina, quienes impugnaron una multa impuesta por desacato a una orden judicial. La Sala declaró parcialmente con lugar el reclamo de Sánchez Nieto, reformando la multa a cien unidades tributarias, mientras que se dejó sin efecto la multa impuesta a Villegas Espina, considerando que no incurrió en desobediencia debido a su jubilación previa a la orden.

Extracto de la motiva

Así las cosas, visto que la orden contenida en el auto N° 0831 del 3 de diciembre de 2018 -cuyo desacato motivó la multa impuesta a través del auto N° 0302 del 16 de agosto de 2019- fue posterior al cese de funciones de la ciudadana Jholeesky Del Valle Villegas Espina como juez superior provisorio de la Corte de Apelaciones Circuito Judicial Penal del Estado Yaracuy, es por lo que se considera que la conducta desplegada por la precitada ciudadana no se configuró la causal de desobediencia a las órdenes judiciales impartidas por este Supremo Tribunal que prevé el artículo 121 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, razón por la cual se declara con lugar el recurso de reclamo interpuesto, y así se decide. Finalmente, esta Sala de oficio advierte que si bien el ciudadano Reinaldo Octavio Rojas Requena, anteriormente identificado, formó parte del órgano colegiado que decidió la causa de la cual se requirió la información cuyo incumplimiento conllevó a la multa impuesta; no obstante, conoce por notoriedad judicial, según consulta del repositorio institucional digital de este Máximo Tribunal (cfr. http://yaracuy.tsj.gob.ve/decisiones/decisiones_dia.asp?instituto=1228&fc=19/11/2018&id=023) que para la fecha en que fue dictado el auto N° 0831 del 3 de diciembre de 2018, el precitado ciudadano no suscribía las decisiones emanadas de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Yaracuy, por lo que no incurrió en la causal de desobediencia a las órdenes judiciales, y así se decide. En razón de lo expuesto, esta Sala de conformidad con lo dispuesto en el artículo 125 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, reforma la multa por desacato impuesta mediante el auto N° 0302 del 16 de agosto de 2019, en consecuencia, se deja sin efecto la multa impuesta a los ciudadanos Jholeesky Del Valle Villegas Espina y Reinaldo Octavio Rojas Requena, anteriormente identificados, y se impone dicha sanción administrativa a los ciudadanos Darcy Lorena Sánchez Nieto, Fabiola Inés Vezga Medina y Arnaldo José Osorio Petit, en su condición de Juez Superior Provisoria Presidenta (la primera de los nombrados) y Jueces Superiores Provisorios (los dos últimos) de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Yaracuy, para la fecha en que se efectuó la solicitud de información que motivó el ulterior desacato (a saber: 3 de diciembre de 2018), la cual se estima en la suma de cien unidades tributarias (100 U.T.).

Dispositiva

PRIMERO: Su COMPETENCIA para conocer de los reclamos presentados por las ciudadanas DARCY LORENA SÁNCHEZ NIETO y JHOLEESKY DEL VALLE VILLEGAS ESPINA. SEGUNDO: PARCIALMENTE CON LUGAR la solicitud de reclamo presentada por la ciudadana DARCY LORENA SÁNCHEZ NIETO, se REFORMA LA SANCIÓN POR DESACATO impuesta por esta Sala mediante el auto N° 0302 del 16 de agosto de 2019, y se impone MULTA por la cantidad de cien unidades tributarias (100 U.T.). TERCERO: CON LUGAR la solicitud de reclamo propuesta por la ciudadana JHOLEESKY DEL VALLE VILLEGAS ESPINA, se deja sin efecto la multa impuesta a dicha ciudadana. CUARTO: De oficio se DEJA SIN EFECTO la mencionada sanción administrativa respecto del ciudadano REINALDO OCTAVIO ROJAS REQUENA. QUINTO: Se IMPONE MULTA a los ciudadanos FABIOLA INÉS VEZGA MEDINA y ARNALDO JOSÉ OSORIO PETIT, en su condición de Jueces Superiores Provisorios.

Palabras clave

desacatomultajuecestribunaljusticiareclamo

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