Sentencia N° 401 — Sala Constitucional del TSJ, 28 de noviembre de 2019
TSJ/SC, Sent. N° 0401, Exp. 19-0100, 28/11/2019
Expediente19-0100
PonenteLOURDES BENICIA SUÁREZ ANDERSON
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2019-11-28
DecisiónCon Lugar
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia recibió un recurso de amparo constitucional interpuesto por los abogados de tres ciudadanos contra una decisión del Juzgado Cuarto en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Nueva Esparta. La Corte de Apelaciones había declarado inadmisible la acción de amparo, lo que motivó la apelación por parte de los recurrentes. La Sala advierte que la Corte de Apelaciones debió notificar a las partes, lo que no ocurrió, vulnerando el derecho de acceso a la justicia.
Extracto de la motiva
La Sala advierte, luego de haber revisado el expediente, que la referida Corte de Apelaciones debió notificar a las partes, pues desde el momento en que se abocó al conocimiento de la causa el 17 de diciembre de 2018 al 16 de enero de 2019, cuando declaró inadmisible el amparo, había transcurrido un mes, es decir, más de tres días luego de recibida la acción de amparo. Además, al finalizar la parte dispositiva del fallo se ordenó expresamente su notificación por la Ley de Fiestas Nacionales y los declarados no laborables por otras leyes (véase sentencias n.° 501 del 31 de mayo de 2000; n.° 847 del 8 de julio de 2013; n.° 3027 del 14 de octubre de 2005) transcurridos desde la fecha de la publicación de la decisión hasta la fecha en que los actuales accionantes interpusieron el recurso de apelación.
Dispositiva
ORDENA: a) A la secretaría de la Corte de Apelaciones Ordinaria Sección de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Bolivariano de Nueva Esparta que, en un plazo de cinco (5) días hábiles, practique y remita a esta Sala un nuevo cómputo de los días calendarios consecutivos. b) Al juez o jueza titular del Juzgado Cuarto en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Nueva Esparta que, en un plazo de cinco (5) días hábiles, remita a esta Sala un informe sobre la situación actual del proceso penal.
Palabras clave
amparonotificaciónCorte de Apelacionesderechosgarantíasproceso penal