Sentencia N° 4 — Sala Constitucional del TSJ, 9 de enero de 2003
TSJ/SC, Sent. N° 04, Exp. 02-0240, 09/01/2003
Expediente02-0240
PonentePEDRO RAFAEL RONDÓN HAAZ
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2003-01-09
DecisiónSin Lugar
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre un recurso de amparo constitucional interpuesto por Pedro Antonio Bastidas Méndez, quien alegó la omisión del Juzgado Quinto de Primera Instancia en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Carabobo. El demandante argumentó que se violaron sus derechos al debido proceso, a la defensa y a ser oído, conforme a lo establecido en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.
Extracto de la motiva
La Sala, para la decisión, observa que: Por cuanto, el ciudadano Pedro Antonio Bastidas Méndez intentó demanda de amparo contra la omisión del Juzgado Quinto de Primera Instancia en función de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Carabobo, en virtud de que dicho Juzgado no ha realizado la audiencia preliminar; Por cuanto, para la resolución del caso bajo análisis, esta Sala requiere la certeza sobre el estado actual del proceso penal que se le sigue al quejoso, del cual conoce el Juzgado Quinto de Primera Instancia en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Carabobo, por la supuesta comisión del delito de robo agravado de vehículo automotor, se ordena a la Presidencia del precitado Circuito Judicial Penal que, en un lapso de tres (03) días, más el término de la distancia que se contarán desde la recepción del oficio correspondiente, suministre a esta Sala información sobre la situación de dicha causa, a la cual acompañará copia certificada de las actuaciones demostrativas de la misma.