Sentencia N° 398 — Sala Constitucional del TSJ, 18 de mayo de 2016
TSJ/SC, Sent. N° 398, Exp. 15-0988, 18/05/2016
Expediente15-0988
PonenteCALIXTO ORTEGA RÍOS
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2016-05-18
DecisiónInadmisible
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia declara inadmisible la acción de amparo constitucional interpuesta por el abogado Robert Alexander Alvarado López en representación de Kamel Salame Ajami, contra la omisión de pronunciamiento del Defensor del Pueblo, Tarek William Saab. La acción se fundamenta en la falta de respuesta a peticiones realizadas en julio y agosto de 2015. La Sala argumenta que la acción de amparo no es procedente dado que existen vías judiciales ordinarias que debieron ser agotadas antes de recurrir al amparo.
Extracto de la motiva
Esta Sala pasa a estudiar la admisibilidad de la presente acción, y al respecto observa, que la tutela constitucional se invoca contra la presunta omisión de pronunciamiento y trámite oportuno del ciudadano Tarek William Saab, en su condición de Defensor del Pueblo, respecto a las diversas peticiones realizadas en fechas 3 de julio y 20 de agosto de 2015. Para decidir, se observa que la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales, en su artículo 5, expresa lo que sigue: 'Artículo 5.- La acción de amparo procede contra todo acto administrativo, actuaciones materiales, vías de hecho, abstenciones u omisiones que violen o amenacen violar un derecho o una garantía constitucionales, cuando no exista un medio procesal breve, sumario y eficaz acorde con la protección constitucional.' Conforme al citado artículo queda expuesto que la tutela constitucional solicitada contra la abstención u omisión de los órganos de la administración, como la denunciada, está sujeta al hecho de que no exista un medio procesal breve, sumario y eficaz capaz de restituir la situación jurídica infringida.
Dispositiva
Por las razones que anteceden, este Tribunal Supremo de Justicia en Sala Constitucional, administrando justicia en nombre de la República por autoridad de la ley declara INADMISIBLE la acción de amparo constitucional interpuesta por el abogado Robert Alexander Alvarado López, en su carácter de defensor privado del ciudadano Kamel Salame Ajami, contra la presunta omisión de pronunciamiento en que incurrió el ciudadano Tarek William Saab, en su condición de Defensor del Pueblo, respecto a las diversas peticiones realizadas en fechas 3 de julio y 20 de agosto de 2015. Así se declara.
Palabras clave
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