Sentencia N° 3948 — Sala Constitucional del TSJ, 8 de diciembre de 2005

TSJ/SC, Sent. N° 3948, Exp. 05-1592, 08/12/2005
Expediente05-1592
PonenteLuis Velázquez Alvaray
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2005-12-08
DecisiónSin Lugar

Resumen

La Sala Constitucional, en su decisión N° 1.307, abordó la consulta de ley relacionada con el artículo 35 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales. Se determinó que, tras la publicación de la decisión en la Gaceta Oficial, las partes tenían un plazo de treinta días para manifestar su interés en la continuación del caso. Al no haberse presentado interés por parte de las partes, la Sala acordó remitir el expediente al tribunal de origen para su archivo.

Extracto de la motiva

La presente causa se refiere a la consulta de ley a la que se encontraba sometida la decisión dictada por la Corte Marcial del Circuito Judicial Penal Militar de la República Bolivariana de Venezuela, el 8 de julio de 2005, en la acción de amparo constitucional intentada por la abogada Damarys Milagros Rangel Matute, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº. 71.591, actuando como defensora del ciudadano JEAN CARLOS CEDEÑO MÁRQUEZ, titular de la cédula de identidad Nº. 14.694.326 contra el auto dictado por el Juzgado Militar Cuarto de Control del referido Circuito Judicial Penal, el 23 de junio de 2005. Visto que, ha transcurrido en su totalidad el lapso de treinta (30) días anteriormente mencionado, sin que ninguna de las partes haya manifestado su interés en que se decida el presente caso, esta Sala Constitucional, por cuanto la decisión que era objeto de consulta ha quedado definitivamente firme, acuerda remitir el expediente al Tribunal de origen, a los fines de su archivo.

Dispositiva

Acuerda remitir el expediente al Tribunal de origen, a los fines de su archivo. Así se decide. Publíquese y regístrese. Cúmplase lo ordenado.

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