Sentencia N° 393 — Sala Constitucional del TSJ, 28 de abril de 2023
TSJ/SC, Sent. N° 0393, Exp. 15-0045, 28/04/2023
Expediente15-0045
PonenteMICHEL ADRIANA VELÁSQUEZ GRILLET
MateriaConstitucional
Tipo de recursoRevision Constitucional
Fecha de la decisión2023-04-28
DecisiónHa lugar la solicitud de revisión constitucional y se anula la sentencia del 02 de julio de 2013.
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, en su decisión del 28 de abril de 2023, declaró ha lugar la solicitud de revisión constitucional presentada por Solange Marcano Rivas, actuando como apoderada de Elena Josefina Martínez de Blanco. Se anuló la sentencia del 02 de julio de 2013, dictada por el Juzgado Superior Civil, que había declarado con lugar la demanda de reivindicación interpuesta por José Gregorio Gascón Clemant contra Francisca Trillo de Martínez. La Sala argumentó que el contrato de venta del inmueble era nulo debido a la falta de consentimiento, ya que el apoderado actuó después de la muerte de la mandante, lo que infringe el orden público y el debido proceso.
Extracto de la motiva
CONSIDERACIONES PARA DECIDIR En el caso de especie se ha solicitado la revisión de la sentencia definitivamente firme del 02 julio de 2013, proferida por el Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Tránsito, Bancario y de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, por cuanto según afirmó la solicitante, afirmó que en el desarrollo del proceso fallece el 13 de septiembre de 2012 la demandada ciudadana Francisca Trillo de Martínez, esto es, estando pendiente de decisión el recurso de apelación del demandante en la causa de reivindicación del inmueble constituido por una casa de habitación, y la parcela sobre la cual se encuentra ubicada en la carrera 3, antigua Calle Ribas, N° 101 de la ciudad de Maturín del Estado Monagas, cuya demanda fue declarada sin lugar por el Juzgado Segundo de Municipios Maturín, Aguasay, Santa Bárbara y Ezequiel Zamora de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, el 21 de diciembre de 2010; llegando los autos a la alzada el 17 de febrero de 2011, y por auto de la misma fecha se les dio entrada al Juzgado Superior Civil, Mercantil, Tránsito Bancario y de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la misma circunscripción judicial. Asimismo, alegó que la venta realizada a los cuatro años y seis meses después de acaecida la muerte de Migdalis de Jesús Martínez Trillo, quien en vida fuera vecina y velados sus restos en el inmueble objeto de la reivindicación, adquirido por José
Dispositiva
Se declara ha lugar la solicitud de revisión constitucional presentada por la ciudadana Solange Marcano Rivas, abogada, y se anula la sentencia del 02 de julio de 2013, dictada por el Juzgado Superior Civil, Mercantil, Tránsito, Bancario y de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas. Se ordena la remisión del expediente al referido juzgado superior para nuevo pronunciamiento.