Sentencia N° 393 — Sala Constitucional del TSJ, 13 de marzo de 2007

TSJ/SC, Sent. N° 393, Exp. 06-1800, 13/03/2007
Expediente06-1800
PonenteArcadio Delgado Rosales
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoNulidad
Fecha de la decisión2007-03-13
DecisiónIncompetente

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la competencia para conocer del recurso de nulidad interpuesto por Ernesto González, quien impugnaba un acto administrativo del Contralor General de la República. La Sala determinó que la verdadera pretensión del actor era la nulidad de un acto administrativo y no la inconstitucionalidad de la norma que lo fundamentaba, declinando así su competencia a la Sala Político Administrativa. La decisión se basa en la interpretación de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia y la naturaleza del acto impugnado.

Extracto de la motiva

La Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia estableció, en el primer aparte del artículo 5, las competencias de cada una de las Salas que integran este Alto Tribunal, señalando al respecto como una de las atribuciones de la Sala Político Administrativa (cardinal 31), la de declarar “…la nulidad cuando sea procedente por razones de inconstitucionalidad o de ilegalidad, de los actos administrativos generales o individuales de los órganos que ejerzan el Poder Público de rango Nacional;”. Tomando en consideración la competencia in commento y luego de un detallado análisis de los argumentos expuestos por el solicitante, esta Sala observa que a pesar de que en el contexto de la acción planteada se hace alusión a la nulidad por inconstitucionalidad del artículo 105 de la Ley Orgánica de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control Fiscal, la pretensión principal del actor se centra en obtener la nulidad del acto de efectos particulares contenido en la Resolución signada con el Nº 01-00-041, del 20 de enero de 2006, dictada por el Contralor General de la República -mediante el cual se le impuso al recurrente la sanción de inhabilitación para el ejercicio de las funciones públicas por un período de tres (3) años-, tal como se desprende de los alegatos de presunta ilegalidad de los cuales supuestamente adolece el mismo.

Dispositiva

Por las razones expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala Constitucional, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la Ley, se declara INCOMPETENTE para conocer del recurso de nulidad por razones de inconstitucionalidad, conjuntamente con amparo cautelar interpuesto por el ciudadano ERNESTO GONZÁLEZ, contra el acto administrativo de efectos particulares contenido en la Resolución del 25 de mayo de 2006 “…dictada por el Contralor General de la República, por medio del cual declaró sin lugar el recurso de reconsideración que interpus(o) contra la Resolución Nº 01-00-041 del 20 de enero de 2006, emanada de ese mismo alto funcionario mediante la cual (se) le aplicó la sanción de inhabilitación para el ejercicio de funciones públicas por el período de tres (3) años…”; y contra el artículo 105 de la Ley Orgánica de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control Fiscal. En consecuencia, se DECLINA la competencia para conocer de dicha causa en la Sala Político Administrativa de este Supremo Tribunal; y se ORDENA remitir de inmediato el presente expediente a dicha Sala, a los fines legales consiguientes.

Palabras clave

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