Sentencia N° 3922 — Sala Constitucional del TSJ, 7 de diciembre de 2005
TSJ/SC, Sent. N° 3922, Exp. 05-0688, 07/12/2005
Expediente05-0688
PonenteLuis Velázquez Alvaray
MateriaConstitucional
Tipo de recursoRevision Constitucional
Fecha de la decisión2005-12-07
DecisiónNO HA LUGAR
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la solicitud de revisión de una sentencia dictada por la Sala Político Administrativa que declaró sin lugar una demanda por enriquecimiento ilícito interpuesta por Beatriz González de Villamizar contra CADAFE. La Sala Constitucional determinó que la revisión es facultativa y no constituye una nueva instancia, y que la decisión de la Sala Político Administrativa no vulnera criterios establecidos sobre la interpretación de normas constitucionales.
Extracto de la motiva
El presente recurso de revisión ha sido presentado contra la decisión dictada el 21 de abril de 2004, por la Sala Político Administrativa del Tribunal Supremo Justicia, que declaró sin lugar la demanda por enriquecimiento ilícito interpuesta por la ciudadana Beatriz de González de Villamizar contra la Compañía Anónima de Administración y Fomento Eléctrico (CADAFE). En tal sentido, se observa que la revisión a que hace referencia el artículo 336, numeral 10 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, la ejerce de manera facultativa esta Sala Constitucional, siendo discrecional entrar al análisis de los fallos sometidos a su conocimiento. Ello es así, por cuanto la facultad de revisión no puede ser entendida como una nueva instancia, ya que la misma sólo procede en casos de sentencias que han agotado todos los grados jurisdiccionales establecidos por la Ley y, en tal razón, tienen la condición de definitivamente firmes.
Dispositiva
Por los razonamientos antes señalados, esta Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República por autoridad de la Ley, declara que NO HA LUGAR la solicitud de revisión constitucional de la sentencia Nº 00372, dictada por la Sala Político Administrativa del Tribunal Supremo Justicia en fecha 21 de abril de 2004, interpuesta por los abogados Francisco Navas Jaramillo y Enrique José Sánchez León, actuando con el carácter de apoderados judiciales de la ciudadana Beatriz González De Villamizar.
Palabras clave
revisión constitucionalenriquecimiento ilícitosala político administrativaacta de matrimonioderecho a la defensaprincipio pro actionejurisprudenciacompetencia