Sentencia N° 3912 — Sala Constitucional del TSJ, 7 de diciembre de 2005
TSJ/SC, Sent. N° 3912, Exp. 05-0484, 07/12/2005
Expediente05-0484
PonenteLuis Velázquez Alvaray
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2005-12-07
DecisiónTerminado el procedimiento por abandono del trámite
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia declaró terminado el procedimiento por abandono del trámite en la acción de amparo constitucional interpuesta por Auer Barreto Colón en representación de Marianela Vincent Marcano y Neomar Arias Valbuena. La decisión se fundamenta en la inacción prolongada de la parte actora, quien no realizó actuaciones en el proceso durante más de seis meses, lo que llevó a la Sala a considerar que se había producido un abandono del trámite.
Extracto de la motiva
Ahora bien, establecido lo anterior, esta Sala observa que luego de la presentación del escrito contentivo de la acción de amparo, el 9 de marzo de 2005, la parte accionante, sólo actuó el 26 de abril de 2005, y a partir de esa fecha y hasta el presente, no ha realizado ninguna actuación en el proceso. Sobre este punto la Sala, mediante decisión del 6 de junio de 2001 (Caso: José Vicente Arenas Cáceres), concluyó: '…la pérdida del interés puede sobrevivir en el curso del proceso. Es lo que ocurre cuando el actor desiste de su pretensión, caso en el cual se otorga autoridad de cosa juzgada al desistimiento y se declara la extinción del proceso...'. La no actuación de la parte accionante en el presente caso, quien solicitó la tutela preferente del amparo, con miras supuestamente a una solución urgente, durante más de seis (6) meses y veinte (20) días, encuadra dentro de los extremos expuestos en la sentencia parcialmente transcrita, por ello, visto que en el presente caso no se encuentra involucrado el orden público, de conformidad con el artículo 25 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales, se declara terminado el procedimiento, por abandono del trámite.
Dispositiva
Por las razones expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala Constitucional, administrando justicia en nombre de la República por autoridad de la Ley, declara TERMINADO EL PROCEDIMIENTO por abandono del trámite en la acción de amparo constitucional ejercida por el abogado Auer Barreto Colón, en su carácter de defensor de los ciudadanos MARIANELA VINCENT MARCANO y NEOMAR ARIAS VALBUENA, contra la decisión dictada el 16 de septiembre de 2004, por la Sala Primera de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia.
Palabras clave
abandonartrámiteacción de amparoderechos fundamentalesdebido procesosuspensión condicionalpenainacción