Sentencia N° 3899 — Sala Constitucional del TSJ, 7 de diciembre de 2005

TSJ/SC, Sent. N° 3899, Exp. 05-1034, 07/12/2005
Expediente05-1034
PonenteLuis Velázquez Alvaray
MateriaPenal
Tipo de recursoRevision Constitucional
Fecha de la decisión2005-12-07
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Sala Constitucional revisó la sentencia dictada el 22 de abril de 2005 por el Juzgado Quinto de Primera Instancia en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, que aplicó control difuso de constitucionalidad sobre el artículo 373 y 322 del Código Orgánico Procesal Penal, en relación con el caso de Elvis de Jesús Áñez Quintero. La Sala determinó que la sentencia era firme y que el sobreseimiento solicitado por el Ministerio Público era procedente, dado que no existían elementos suficientes para acusar al imputado.

Extracto de la motiva

El artículo 334 constitucional atribuye a todos los jueces de la República la obligación de asegurar la integridad de la Constitución, siempre dentro del ámbito de su competencia y conforme a lo previsto en el mismo Texto Fundamental; lo que se traduce en el deber de ejercer, aún de oficio, el control difuso de la constitucionalidad de las leyes o normas jurídicas, a fin de garantizar la supremacía constitucional y resolver por esta vía, los conflictos o colisiones que puedan presentarse en cualquier causa, entre normas legales o sublegales y una o varias disposiciones constitucionales, en cuyo caso deben aplicar preferentemente estas últimas. En este sentido, reitera la Sala, que la revisión de las sentencias definitivamente firmes de control difuso de la constitucionalidad, redunda en una mayor protección de la Constitución e impide la aplicación generalizada de normas inconstitucionales, o bien, la desaplicación de normas ajustadas al Texto Fundamental, en perjuicio de la seguridad jurídica y del orden público constitucional.

Dispositiva

CONFIRMA la sentencia definitivamente firme, dictada el 22 de abril de 2005, por el Juzgado Quinto de Primera Instancia en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, que aplicó el control difuso de constitucionalidad sobre el tercer aparte del artículo 373 y 322 del Código Orgánico Procesal Penal, en la causa penal seguida contra el ciudadano ELVIS DE JESUS AÑEZ QUINTERO.

Palabras clave

control difusoconstitucionalidadsobreseimientotutela judicial efectivaCódigo Orgánico Procesal Penaldelito de concusiónderecho penaljusticia

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