Sentencia N° 389 — Sala Constitucional del TSJ, 1 de abril de 2005

TSJ/SC, Sent. N° 389, Exp. 04-0514, 01/04/2005
Expediente04-0514
PonenteArcadio Delgado Rosales
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2005-04-01
DecisiónParcialmente Con Lugar

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia admitió la acción de amparo interpuesta por Dinorak Esther Castillo Murga contra la Resolución N° 01-00-108 del Contralor General de la República, que ordenó la retención de sus prestaciones sociales. La Sala consideró que la medida era arbitraria y violaba el derecho constitucional al pago inmediato de las prestaciones sociales, por lo que dejó sin efecto la parte del acto administrativo que ordenaba dicha retención, manteniendo solo la retención de los fondos por concepto de caja de ahorros.

Extracto de la motiva

El apoderado judicial de la accionante señaló que “aún en el entendido que existen distintos caminos de impugnación como puede ser la solicitud de nulidad de la norma cuestionada”, resulta viable el amparo constitucional “por cuanto lo que está en juego son remuneraciones sociales que tienen como fin que las personas extrabajadoras puedan tener cubiertas sus necesidades vitales mínimas durante la época de cesanteo a la cual acceden”. Asimismo, denunció la violación de los derechos y garantías constitucionales al debido proceso, a la defensa, a la presunción de inocencia, a ser oído en todo tipo de proceso, a ser juzgado por sus jueces naturales, a no ser sancionado por actos y omisiones que no fueren previstos como delitos, faltas o infracciones en leyes preexistentes, de cobrar prestaciones sociales de manera inmediata y a la propiedad, señalados en los artículos 49, numerales 1, 2, 3, 4 y 6, 92 y 115 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.

Dispositiva

Por los razonamientos expuestos, esta Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia, en nombre de la República, por autoridad de la Ley, declara PARCIALMENTE CON LUGAR la acción de amparo constitucional interpuesta por el abogado Pedro Miguel Castillo, con el carácter de apoderado judicial de la ciudadana DINORAK ESTHER CASTILLO MURGA, contra la Resolución N° 01-00-108 del 4 de diciembre de 2003, dictada por el Contralor General de la República, en ejecución de la atribución que le confiere el artículo 112 de la Ley Orgánica de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control Fiscal, el cual fue confirmado por ese órgano contralor según Resolución N° 01-00-095 del 15 de marzo de 2004. En consecuencia, DEJA SIN EFECTOS la parte del acto administrativo objetado relativa a la retención de las prestaciones sociales de la accionante, es decir, se deja vigente la retención correspondiente a los fondos por los conceptos de Caja de Ahorros.

Palabras clave

amparo constitucionalprestaciones socialesderechos fundamentalescontraloríadebido procesoinconstitucionalidadretención de salarios

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