Sentencia N° 3874 — Sala Constitucional del TSJ, 7 de diciembre de 2005
TSJ/SC, Sent. N° 3874, Exp. 05-0763, 07/12/2005
Expediente05-0763
PonenteLuis Velázquez Alvaray
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2005-12-07
DecisiónCon Lugar
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre un conflicto negativo de competencia entre dos juzgados del Estado Falcón, relacionado con una acción de amparo constitucional interpuesta por Atilio José García González contra una decisión del Juzgado Segundo de Primera Instancia. La Sala determinó que el tribunal competente para conocer del amparo era el Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Tránsito, Niños y Adolescentes de la misma circunscripción judicial, dado que la acción de amparo se originó en un juicio de arrendamiento vinculado a una relación laboral.
Extracto de la motiva
En el presente caso, se planteó un conflicto negativo de competencia entre el Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Tránsito, Niños y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón y el Juzgado Superior Primero del Trabajo de la misma Circunscripción Judicial. Por tanto, visto que dicho conflicto fue planteado por dos tribunales distintos, los cuales no tienen un superior común, y visto que el conflicto de competencia que hoy nos ocupa surgió con ocasión a la interposición de una acción de amparo constitucional, esta Sala estima, de conformidad con las disposiciones citadas supra, que la misma resulta competente para conocer del conflicto de competencia planteado, y así se declara.
Dispositiva
Por las razones que anteceden, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala Constitucional, administrando justicia en nombre de la República por autoridad de la Ley, DECLARA que el Tribunal competente para el conocimiento de la acción de amparo interpuesta por la abogada Zoraida de Molero, actuando en su carácter de apoderada judicial del ciudadano ATILIO JOSÉ GARCÍA GONZÁLEZ, anteriormente identificado, contra la decisión del 15 de diciembre de 2004, dictada por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Tránsito y Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, Extensión Punto Fijo, mediante la cual se declaró la nulidad de todo lo actuado, y se repuso la causa al estado de admitir nuevamente la demanda, en el curso del juicio que por cumplimiento de contrato de arrendamiento le seguía la sociedad mercantil PDVSA Petróleo y Gas, C.A., al mencionado ciudadano, es el Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Tránsito, Niños y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón y, en consecuencia, se ORDENA la remisión del expediente contentivo de la acción de amparo constitucional a dicho Juzgado para que se pronuncie sobre la admisibilidad del presente amparo y, de ser el caso, lo sustancie en primera instancia.
Palabras clave
amparo constitucionalconflicto negativo de competenciaarrendamientoderecho al debido procesojuzgado competenterelación laboralnulidad de actuaciones