Sentencia N° 387 — Sala Constitucional del TSJ, 14 de mayo de 2019
TSJ/SC, Sent. N° 0387, Exp. 17-0428, 26/03/2025
Expediente17-0428
PonenteTANIA D´AMELIO CARDIET
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2019-05-14
DecisiónInadmisible
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia declara inadmisible por extemporánea la solicitud de aclaratoria presentada por el abogado Jesús Salvador Rendón Carrillo respecto a la sentencia n° 0099, dictada el 14 de mayo de 2019. La solicitud fue presentada fuera del plazo legal establecido, ya que la jurisprudencia exige que la aclaratoria se solicite el día de la publicación o al siguiente. La Sala reafirma que la aclaratoria no puede modificar la decisión de fondo emitida, sino que busca aclarar puntos dudosos o corregir errores evidentes en la sentencia.
Extracto de la motiva
Que “(…) mal podría mantenerse un pronunciamiento que tiene una connotación sancionatoria, fundamentada en un falso supuesto, esto es, en una inactividad no incurrida por la parte afectada, por lo que necesariamente y, vista la peculiaridad del caso, constatado que no se analizaron en su totalidad los elementos necesarios para la decisión adoptada, esta Sala, en aras del principio constitucional de la justicia material como valor preeminente sobre el carácter formal normativo, y con fundamento en criterio anterior expuesto en un caso de igual similitud (vid s. S.C. 115/2003), aplica la disposición contendía en el artículo 206 del Código de Procedimiento Civil y, en consecuencia, revoca el fallo dictado por esta misma Sala, el 19 de mayo 2003, mediante el cual se declaró terminado el presente procedimiento”.
Dispositiva
En mérito de las consideraciones que anteceden, este Tribunal Supremo de Justicia en Sala Constitucional, en nombre de la República por autoridad de la ley, declara INADMISIBLE POR EXTEMPORÁNEA la solicitud de aclaratoria de la decisión n° 0099, dictada el 14 de mayo de 2019 por esta Sala, la cual fue presentada por el abogado Jesús Salvador Rendón Carrillo, actuando en nombre propio.