Sentencia N° 387 — Sala Constitucional del TSJ, 20 de agosto de 2021

TSJ/SC, Sent. N° 0387, Exp. 17-0175, 20/08/2021
Expediente17-0175
PonenteArcadio Delgado Rosales
MateriaConstitucional
Tipo de recursoRevision Constitucional
Fecha de la decisión2021-08-20
DecisiónHomologa el desistimiento

Resumen

La Sala Constitucional del TSJ se pronunció sobre la solicitud de revisión de la sentencia N° 501 dictada por la Sala de Casación Social. El solicitante, Michel Alfonzo Larrain Merckx, desistió de la revisión el 6 de diciembre de 2018, lo que llevó a la Sala a analizar la competencia para conocer de la solicitud. La Sala determinó que el desistimiento no vulneraba derechos de orden público y que la abogada Rita Lugo Salazar tenía la facultad para desistir.

Extracto de la motiva

En relación con las normas transcritas supra, es pertinente citar el criterio que esta Sala ha señalado en decisiones anteriores, referido a que “…el legislador le otorga al demandante la posibilidad de desistir, como mecanismo de autocomposición procesal, siempre que no se trate de la vulneración de un derecho de orden público o que pueda afectar las buenas costumbres, y que quien actúa tenga la facultad para hacerlo” (Vid. - entre otras- sentencias Nros. 1028 y 1460 del 28/06/2011 y 28/10/2013, respectivamente). Así pues, en el caso concreto, esta Sala luego de analizar el escrito presentado, así como el resto de las actas que conforman el presente expediente, ha podido verificar que ciertamente la abogada Rita Lugo Salazar posee la facultad para desistir de la presente solicitud. Asimismo, con el referido desistimiento, no se advierte violaciones al orden público ni a las buenas costumbres y tampoco verifica que la causa tenga una incidencia de relevancia general, sino que se circunscribe a la esfera particular subjetiva del solicitante. Ello así, visto que la solicitud presentada se encuentra dentro de los supuestos contenidos en los artículos 263 y 264 del Código de Procedimiento Civil, esta Sala acuerda la homologación del desistimiento de la revisión propuesta. Así se decide.

Dispositiva

Homologa el desistimiento propuesto el 6 de diciembre de 2018 por la abogada Rita Lugo Salazar, actuando con el carácter de apoderada judicial del ciudadano MICHEL ALFONZO LARRAIN MERCKX, en la solicitud de revisión de la sentencia N° 501, dictada el 24 de mayo de 2016 por la Sala de Casación Social.

Palabras clave

desistimientoautocomposiciónderechosorden públicobuenas costumbresCódigo de Procedimiento Civil

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