Sentencia N° 387 — Sala Constitucional del TSJ, 17 de mayo de 2010

TSJ/SC, Sent. N° 387, Exp. 10-0075, 17/05/2010
Expediente10-0075
PonenteLUISA ESTELLA MORALES LAMUÑO
MateriaConstitucional
Tipo de recursoRevision Constitucional
Fecha de la decisión2010-05-17
DecisiónCon Lugar

Resumen

La sentencia se refiere a la revisión constitucional solicitada por Juan de Jesús Román Rodríguez contra un fallo de la Corte Segunda de lo Contencioso Administrativo. Este fallo había declarado con lugar un recurso de apelación y había anulado una resolución del Ministerio de Educación Superior, ordenando la reincorporación del solicitante a su cargo. La Sala Constitucional, al estudiar el caso, decide ordenar la remisión del expediente correspondiente para garantizar la tutela judicial efectiva.

Extracto de la motiva

En el presente caso, el acto decisorio sometido a revisión lo constituye el pronunciamiento dictado por la Corte Segunda de lo Contencioso Administrativo, el 11 de marzo de 2009, mediante el cual se declaró con lugar el recurso de apelación ejercido por el abogado José Lorenzo Rodríguez Aguerrevere, actuando con el carácter de sustituto de la Procuraduría General de la República, contra la sentencia dictada el 12 de agosto de 2004, por el Juzgado Superior Cuarto en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Capital, que declaró parcialmente con lugar el recurso contencioso administrativo funcionarial interpuesto por los abogados Atilio Agelvis Alarcón y Germán José García Limonta, actuando con el carácter de apoderados judiciales del hoy solicitante, contra la República Bolivariana de Venezuela, por órgano del Ministerio de Educación Superior, hoy Ministerio del Poder Popular para la Educación Universitaria. Por lo tanto, anuló dicho fallo y al conocer el fondo de la controversia declaró parcialmente con lugar la querella funcionarial incoada; en consecuencia: 1) anuló la Resolución N° 1.059 del 17 de noviembre de 2003, publicada en la Gaceta Oficial N° 37.822 del 20 de noviembre de ese mismo año, dictada por el entonces Ministro de Educación Superior, 2) ordenó la reincorporación del querellante al cargo que ejercía para el momento en que fue “despedido” o en su defecto a uno de igual jerarquía, con el pago del sueldo correspondiente contado a partir de la referida reincorporación, 3) ordenó a la Administración cumplir con la sustanciación del procedimiento administrativo disciplinario aplicable a los funcionarios docentes, respecto de los hechos inicialmente imputados al querellante y, 4) declaró improcedentes sus pedimentos indemnizatorios.

Dispositiva

ORDENA que dentro de los cinco (5) días siguientes a su notificación, la Corte Segunda de lo Contencioso Administrativo, remita copia certificada del expediente correspondiente al recurso contencioso administrativo funcionarial ejercido por el abogado Juan de Jesús Román Rodríguez, contra la República Bolivariana de Venezuela por órgano del Ministerio de Educación Superior hoy Ministerio del Poder Popular para la Educación Universitaria; o en su defecto, se encargue de recabar la referida copia certificada en el Tribunal de origen.

Palabras clave

responsabilidad administrativaLey Orgánica del Tribunal Supremo de JusticiamultaPoder Públicoórdenesinformacionessanciones penales

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