Sentencia N° 3850 — Sala Constitucional del TSJ, 7 de diciembre de 2005

TSJ/SC, Sent. N° 3850, Exp. 05-2008, 07/12/2005
Expediente05-2008
PonenteFRANCISCO ANTONIO CARRASQUERO LÓPEZ
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoRevision Constitucional
Fecha de la decisión2005-12-07
DecisiónHa lugar

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia revisó una sentencia dictada por el Juzgado Superior Primero de lo Contencioso Tributario que había declarado con lugar una acción de amparo tributario interpuesta por Inversiones L.N.H., C.A. La Sala determinó que el Juzgado había invadido la esfera de competencia de la Comisión Nacional de Casinos, obstaculizando la investigación del Ministerio Público. Además, se concluyó que el Juzgado no podía dispensar a la sociedad mercantil de poseer un requisito indispensable para su funcionamiento, conforme a la ley aplicable.

Extracto de la motiva

La Sala advierte que, el proceder del mencionado Juzgado Superior conculcó el derecho al debido proceso de las partes, contenido en el artículo 49 del Texto Fundamental, y en especial, el enunciado en el numeral 3, que a la letra dispone: “Toda persona tiene derecho a ser oída en cualquier clase de proceso, con las debidas garantías y dentro del plazo razonable determinado legalmente, por un tribunal competente, independiente e imparcial establecido con anterioridad.” Asimismo, la Sala constató que en la sentencia sometida a revisión el mencionado Juzgado Superior, se apartó de las decisiones vinculantes que ha pronunciado sobre la Ley para el Control de los Casinos, Salas de Bingo y Máquinas Traganíqueles (véanse sentencia N° 331, del 13 de marzo de 2001, N° 937 del 28 de abril de 2003) y las interpretó vilmente, concediendo la licencia a la accionante –en el juicio de amparo- y ordenado el funcionamiento de Bingo Tropical.

Dispositiva

1. HA LUGAR la solicitud de revisión interpuesta por la abogada ROSA LUISA MEMOLI BRUNO, actuando con el carácter de Fiscal Vigésima Octava del Ministerio Público a Nivel Nacional con Competencia Plena, contra la decisión dictada el 25 de febrero de 2005, por el Juzgado Superior Primero de lo Contencioso Tributario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas; 2. ANULA la sentencia dictada el 25 de febrero de 2005, por el Juzgado Superior Primero de lo Contencioso Tributario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas; 3. COMPETENTE para conocer de la acción de amparo interpuesta por Inversiones L.N.H., C.A. contra la Comisión Nacional de Casinos, Salas de Bingo y Máquinas Traganíqueles; 4. ORDENA remitir copia certificada de la presente decisión al Juzgado Superior Primero de lo Contencioso Tributario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas; 5. Se ORDENA a la Secretaría de esta Sala que oficie al Juzgado Superior Primero de lo Contencioso Tributario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, para que remita en el plazo de cuarenta y ocho (48) horas, contadas a partir de la notificación, el expediente contentivo de la acción de amparo interpuesta por Inversiones L.N.H., C.A. contra la Comisión Nacional de Casinos, Salas de Bingo y Máquinas Traganíqueles.

Palabras clave

amparo tributariorevisión de sentenciacompetenciadue processlicencia de funcionamientoComisión Nacional de CasinosJuzgado Superiorinversiones L.N.H.

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