Sentencia N° 385 — Sala Constitucional del TSJ, 17 de mayo de 2016
TSJ/SC, Sent. N° 385, Exp. 16-0185, 17/05/2016
Expediente16-0185
PonenteJuan José Mendoza Jover
MateriaLaboral
Tipo de recursoRevision Constitucional
Fecha de la decisión2016-05-17
DecisiónNO HA LUGAR
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, presidida por el Magistrado Juan José Mendoza Jover, decidió sobre la solicitud de revisión constitucional de la sentencia n.° 0792 dictada por la Sala de Casación Social. La revisión fue solicitada por los ciudadanos Ana Cecilia Garmendia Pérez y Moisés Adán Silva Juárez, quienes argumentaron violaciones a su derecho a la tutela judicial efectiva y a la jurisprudencia relacionada con el pago de jubilaciones. La Sala, tras analizar los argumentos, concluyó que la solicitud no cumplía con los requisitos para proceder a la revisión.
Extracto de la motiva
La presente solicitud de revisión constitucional de sentencia va dirigida contra la decisión n.° 0792 dictada por la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia el 12 de agosto de 2015, mediante la cual se declaró inadmisible el recurso de control de la legalidad interpuesto por la parte recurrente, contra la sentencia proferida por el Juzgado Superior Segundo del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara. De esta forma, la revisión de sentencias ha sido concebida como una vía extraordinaria tendiente a preservar la uniformidad de la interpretación de las normas y principios constitucionales y para corregir graves infracciones a sus principios o reglas, estando la Sala en la obligación de considerar todos y cada uno de los fallos que son remitidos para su revisión, pero no de concederla y proceder a realizarla, por lo que su negativa no puede, en caso alguno, constituir violación del derecho a la defensa y al debido proceso de las partes.
Dispositiva
Por las razones que anteceden, esta Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declaran NO HA LUGAR a la solicitud de revisión planteada por el abogado Israel García, actuando con el carácter de apoderado judicial de los ciudadanos ANA CECILIA GARMENDIA PÉREZ y MOISES ADAN SILVA JUÁREZ; de la sentencia n.° 0792, dictada, el 12 de agosto de 2015, por la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, que declaró inadmisible el recurso de control de la legalidad intentado por la parte recurrente, contra la sentencia dictada el 30 de septiembre de 2014, por el Juzgado Superior Segundo del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara.
Palabras clave
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