Sentencia N° 384 — Sala Constitucional del TSJ, 1 de abril de 2005

TSJ/SC, Sent. N° 384, Exp. 04-2500, 01/04/2005
Expediente04-2500
PonenteArcadio Delgado Rosales
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2005-04-01
DecisiónHOMOLOGA EL DESISTIMIENTO solicitado por el abogado Leobardo Subero Rodríguez

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre un amparo constitucional interpuesto por el CONSORCIO VANEMAR, C.A. contra la Comisión Nacional de Casinos, Salas de Bingo y Máquinas Traganíqueles. El abogado Leobardo Subero Rodríguez, en representación del consorcio, solicitó la homologación del desistimiento de la acción de amparo, argumentando que los hechos que motivaron la acción habían cesado. La Sala, tras analizar la solicitud y la normativa aplicable, decidió homologar el desistimiento.

Extracto de la motiva

Esta Sala, al delimitar su competencia en materia de amparo constitucional, a través de su sentencia Nº 265/01 del 1 de marzo de 2001, Caso: Henrique Capriles Radonski, se declaró competente para conocer de las acciones de amparo constitucional contra la Comisión Nacional de Casinos, Salas de Bingo y Máquinas Traganíqueles, en los siguientes términos: "…Con la entrada en vigencia de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, publicada en Gaceta Oficial de la República de Venezuela Nº. 36.860 del 30 de diciembre de 1999 se creó la jurisdicción constitucional, para ser ejercida por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, a la cual le atribuyó expresas competencias, que aún cuando no haya sido dictado aún el respectivo texto legislativo que regule las funciones de este Tribunal, está obligada a cumplir para mantener el funcionamiento integral del Estado...".

Dispositiva

HOMOLOGA EL DESISTIMIENTO solicitado por el abogado Leobardo Subero Rodríguez, en relación a la acción de amparo constitucional intentada por él, en su carácter de apoderado judicial del CONSORCIO VANEMAR, C.A., contra la Comisión Nacional de Casinos, Salas de Bingo y Máquinas Traganíqueles. Regístrese y publíquese. Ofíciese lo conducente. Archívese el expediente.

Palabras clave

amparo constitucionaldesistimientojurisdicción constitucionalComisión Nacional de Casinosderechos constitucionalesLey Orgánica de Amparo

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