Sentencia N° 3830 — Sala Constitucional del TSJ, 7 de diciembre de 2005

TSJ/SC, Sent. N° 3830, Exp. 05-1693, 07/12/2005
Expediente05-1693
PonenteLuis Velázquez Alvaray
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoRevision Constitucional
Fecha de la decisión2005-12-07
DecisiónNO HA LUGAR

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la solicitud de revisión interpuesta por Iván José Torrealba García contra una sentencia que declaró consumada la perención y extinguida la instancia en su querella contra el SENIAT. La Sala consideró que la revisión es facultativa y no constituye una nueva instancia, y que la decisión impugnada no violó derechos constitucionales, ya que la parte actora no impulsó el procedimiento adecuadamente.

Extracto de la motiva

La presente solicitud de revisión ha sido dirigida contra la decisión dictada el 28 de febrero de 2003 por el Juzgado Superior Tercero de Transición de lo Contencioso Administrativo de la Región Capital que declaró consuma la perención y extinguida la instancia en la querella interpuesta por el ciudadano Iván José Torrealba García contra el Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT). Al respecto, resulta pertinente advertir que la revisión a que hace referencia el artículo 336, numeral 10 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, la ejerce de manera facultativa esta Sala Constitucional, siendo discrecional entrar al análisis de los fallos sometidos a su conocimiento. Ello es así, por cuanto la facultad de revisión no puede ser entendida como una nueva instancia, ya que la misma solo procede en caso de sentencias que han agotado todos los grados jurisdiccionales establecidos por la Ley y, en tal razón, tiene la condición de definitivamente firmes.

Dispositiva

Por las razones precedentemente expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia en Sala Constitucional, administrando justicia en nombre de la República por autoridad de la Ley, declara NO HA LUGAR a la solicitud de revisión interpuesta por el ciudadano Iván José Torrealba García asistido por la abogada Ingrid Josefina González Gómez, antes identificados, contra la sentencia interlocutoria con fuerza de definitiva dictada en fecha 28 de febrero de 2003 por el Juzgado Superior Tercero de Transición de lo Contencioso Administrativo de la Región Capital que declaró consuma la perención y extinguida la instancia en la querella interpuesta contra el Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT). Publíquese y regístrese. Archívese el expediente.

Palabras clave

revisiónperencióninstanciaquerellaSENIATconstitucionalidadderechosadministrativo

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