Sentencia N° 383 — Sala Constitucional del TSJ, 26 de abril de 2013
TSJ/SC, Sent. N° 383, Exp. 12-0801, 26/04/2013
Expediente12-0801
PonenteMarcos Tulio Dugarte Padrón
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2013-04-26
DecisiónCon Lugar
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, en respuesta a la apelación interpuesta por Franklin José Villarroel Ramos, revocó la decisión del Juzgado Décimo Primero de Primera Instancia que había declarado sin lugar la acción de amparo constitucional. La Sala determinó que el Juzgado había vulnerado los derechos al debido proceso y a la tutela judicial efectiva al continuar con la audiencia de oposición sin la evaluación psiquiátrica requerida. Se ordenó la restitución de la medida de colocación familiar de la niña en el hogar de sus abuelos maternos hasta que se resuelva la oposición a la medida.
Extracto de la motiva
Determinada la competencia pasa esta Sala a conocer de la presente apelación y, al respecto, se evidencia que el 16 de julio de 2012, se dio cuenta en Sala de la referida causa, mientras que la parte apelante consignó el escrito contentivo del recurso, el 8 de agosto de 2012. De manera pues, esta Sala lo considera tempestivo, motivo por el cual procede a examinarlo. La presente acción de amparo fue interpuesta el 31 de mayo de 2012, por el ciudadano Franklin José Villarroel Ramos, debidamente asistido por el abogado Ronny Fajardo Álvarez, contra la decisión que dictó el 28 de mayo de 2012 y que en definitiva publicó el 30 del mismo mes y año el Juzgado Décimo Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional, que declaró con lugar la oposición realizada por la parte demandada y suspendió la medida preventiva de colocación familiar dictada por el referido Tribunal sobre la niña cuya identidad se omite de conformidad con lo dispuesto en el artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, en el hogar de sus abuelos maternos ciudadanos Franklin José Villarroel Ramos – quejoso- y Evelyn del Carmen Fajardo de Villarroel. Sostuvo la parte accionante, que con dicha decisión se le violentaron los derechos constitucionales al debido proceso, la tutela judicial efectiva y el derecho a la defensa, toda vez que, el Juzgado supuestamente agraviante ordenó continuar con la audiencia de oposición contemplada en el artículo 466-D de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes sin que constara en autos el examen psiquiátrico que debía practicarse a la niña en cuestión.
Dispositiva
1.- CON LUGAR la apelación ejercida por el ciudadano FRANKLIN JOSÉ VILLARROEL RAMOS, debidamente asistido por el abogado Ronny Fajardo Álvarez, contra la decisión publicada el 14 de junio de 2012, por el Juzgado Superior Segundo del Circuito Judicial del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional. 2.- REVOCA, la decisión que publicó el 14 de junio de 2012, el Juzgado Superior Segundo del Circuito Judicial del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional, mediante la cual declaró SIN LUGAR la pretensión de amparo constitucional. 3.- CON LUGAR, la pretensión de amparo constitucional y en consecuencia se ANULA, la decisión que publicó el 30 de mayo de 2012 el Juzgado Décimo Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional, que declaró con lugar la oposición realizada por la parte demandada y suspendió la medida preventiva de colocación familiar dictada por el referido Tribunal sobre la niña cuya identidad se omite de conformidad con lo dispuesto en el artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, en el hogar de sus abuelos maternos ciudadanos Franklin José Villarroel Ramos –quejoso- y Evelyn del Carmen Fajardo de Villarroel, para lo cual se ordena al referido Juzgado se sirva convocar nuevamente a las partes para la celebración de la audiencia de oposición de medida preventiva debiendo dicho Juzgado ordenar la práctica de un nuevo informe integral que realizará un Equipo Multidisciplinario adscrito al mencionado Circuito Judicial, asimismo deberá tomar en cuenta las resultas de la averiguación fiscal que pesa sobre el ciudadano Alexander Enrique Morillo Correa padre de la niña, solicitando para ello la respectiva información al Tribunal correspondiente. Del mismo modo, vista la gravedad de la denuncia –supuestos actos lascivos- se ordena al Juzgado cuestionado restituir la medida de colocación acordada sobre la niña cuya identidad se omite de conformidad con lo dispuesto en el artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, en el hogar de sus abuelos maternos ciudadanos Franklin José Villarroel Ramos –quejoso- y Evelyn del Carmen Fajardo de Villarroel, hasta tanto se resuelva la oposición de la medida.