Sentencia N° 381 — Sala Constitucional del TSJ, 20 de marzo de 2025
TSJ/SC, Sent. N° 0381, Exp. 24-0904, 20/03/2025
Expediente24-0904
PonenteMICHEL ADRIANA VELÁSQUEZ GRILLET
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2025-03-20
DecisiónInadmisible
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia declara inadmisible la acción de amparo constitucional interpuesta por el abogado Mario José Torrealba en representación de Sair Josmar Torrealba Pacheco, debido a la falta de consignación de documentos indispensables para validar las denuncias formuladas. La acción se refiere a una sentencia dictada por la Corte de Apelaciones que declaró sin lugar un recurso de apelación en un caso penal.
Extracto de la motiva
en la motivación que hace la Juez de Juicio se observa que no parcialidad ante la falta, contradicción o ilogicidad en su motiva prueba de ello por lo siguiente: en los pronunciamientos ilógicos del tribunal condena al acusado SAIR JOSMAR TORREALBA PACHECO y a otro funcionario a cumplir una pena de treinta (30) meses de prisión por ser autores intermediarios o directos en la comisión del delito de violación de domicilio agravado, previsto en el artículo 184 del Código Penal con la agravante establecida en el numeral 8 del ejusdem. Ahora bien, respetables integrantes de la Apelaciones durante el desarrollo del juicio el Fiscal del Ministerio Público no pudo probar la culpabilidad de SAIR JOSMAR TORREALBA, y el Tribunal en forma parcializada ha perjudicado a un inocente. Por lo siguiente: durante el proceso investigativo mi representado no fue reconocido en fotograma policial por la víctima ni sus familiares interesados en perjudicar al acusado, representado no se encontró de servicio del día 5-11 2006, la víctima y sus testigos se contradijeron entre sí al reconocer en sala que SAIR JOSMAR TORREALBA PACHECO, había violado el domicilio, pero durante la investigación no lo reconocieron. -. La juez no toma en cuenta que la víctima jamás reconoció en las investigaciones ni en el fotograma de reconocimiento al hoy acusado SAIR JOSMAR TORREALBA PACHECO, no se encontraba de servicio, el número telefónico aportado por la víctima no le pertenece, jamás golpeo al esposo de la víctima, por lo que se crea es una incertidumbre y duda razonable, ya que la víctima mintió en sala y la juez no lo valora (…) por lo que, la ciudadana BARBARA ALEJANDRA RAMOS, no logró reconocer a los acusados de autos, los ciudadanos SAIR JOSMAR TORREALBA PACHECO Y JOSÉ ANTONIO SÁNCHEZ ROMERO, esta testigo no logró jamás reconocer a SAIR JOSMAR TORREALBA PACHECO, porque este nunca estuvo en esos hechos, ni participa en violación de domicilio y es así como quedan desenmascarados las argucias de la familia y de la víctima en su falsedad ante este tribunal, creando así una estela de dudas razonables hacia la presunción de inocencia de SAIR JOSMAR TORREALBA PACHECO. Por último, “(…) CONCLUSIONES DEL FISCAL DEL MINISTERIO PÚBLICO: la representación del Ministerio público no probo en este juicio oral y público la culpabilidad del acusado SAIR JOSMAR TORREALBA PACHECO y así está plenamente demostrado que SAIR JOSMAR TORREALBA PACHECO, no estaba de servicio para la fecha de los hechos que menciona la víctima, no golpeo al esposo de la víctima, no pose el número de teléfono que ofreció la víctima como prueba, no ha realizado operativos con los funcionarios que se mencionan en el expediente, en lo fototecas no fue reconocido por la víctima y ante tantas contradicciones estamos presente ante una duda razonable. De conformidad por el motivo planteado por FALTA, CONTRADICCIÓN O ILOGICIDAD MANIFIESTA EN LA MOTIVACIÓN DE LA SENTENCIA, por lo que la solución que se pretende es la anulación de la sentencia y se ordene la celebración de un nuevo juicio oral y público ante un juez imparcial o jueza en el mismo circuito judicial distinto al juez 6 de juicio.
Dispositiva
Se declara competente para conocer de la presente acción de amparo. Se declara inadmisible la acción de amparo constitucional ejercida por el abogado Mario José Torrealba, actuando en su condición de defensor privado del ciudadano Sair Josmar Torrealba Pacheco, contra la sentencia dictada el 22 de julio de 2023, por la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal Ordinario y Sección de Responsabilidad Penal del Adolescente del Circunscripción Judicial del Estado La Guaira.
Palabras clave
violación de domicilioduda razonablepresunción de inocenciafiscalíasentenciajuicioinocente