Sentencia N° 3788 — Sala Constitucional del TSJ, 7 de diciembre de 2005

TSJ/SC, Sent. N° 3788, Exp. 05-1524, 07/12/2005
Expediente05-1524
PonenteLuis Velázquez Alvaray
MateriaPenal
Tipo de recursoRevision Constitucional
Fecha de la decisión2005-12-07
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Sala Constitucional revisa un oficio del Tribunal Segundo de Ejecución del Circuito Judicial Penal de Barinas, que desaplicó el artículo 493 del Código Orgánico Procesal Penal, considerando que colide con el artículo 272 de la Constitución. La decisión fue tomada en el contexto de una solicitud de la penada María Liliana Mogollón Pinzón, condenada por distribución de sustancias estupefacientes. La Sala ordena al juzgado de instancia informar sobre la firmeza de la sentencia.

Extracto de la motiva

Visto que la sentencia dictada el 10 de febrero de 2005, por el Tribunal Segundo de Ejecución del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, desaplicó por control difuso de la constitucionalidad el artículo 493 del Código Orgánico Procesal Penal, por considerar que el mismo colide con el artículo 272 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y con la disposición prevista en el artículo 67 de la Ley de Régimen Penitenciario. Con fundamento en dicha desaplicación, declaró con lugar la petición interpuesta por la penada otorgándole la fórmula alternativa de cumplimiento de pena denominado Trabajo Fuera del Establecimiento o Destacamento de Trabajo.

Dispositiva

ORDENA a la Secretaria que oficie al referido Juzgado de Instancia para que en un plazo de 48 horas, contados a partir de la notificación de la presente decisión, informe si contra la referida sentencia se ejerció algún recurso o medio de impugnación y de cuenta de las resultas de su actuación. Publíquese, regístrese y cúmplase lo ordenado.

Palabras clave

revisióndesaplicaciónnorma penalcontrol difusoconstitucionalidadsentencia firmepenatrabajo fuera del establecimiento

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