Sentencia N° 377 — Sala Constitucional del TSJ, 28 de abril de 2023
TSJ/SC, Sent. N° 0377, Exp. 19-0196, 28/04/2023
Expediente19-0196
PonenteTANIA D’AMELIO CARDIET
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2023-04-28
DecisiónORDENA
Resumen
La sentencia N° 1119, dictada por la Magistrada Tania D’Amelio Cardiet, aborda un recurso de amparo constitucional interpuesto por Luis Arnaldo Alcántara en contra de una decisión de la Corte de Apelaciones del Estado Anzoátegui. Esta decisión había declarado la nulidad de una solicitud de decaimiento de medida privativa de libertad del imputado Carlos Miguel Vargas Reyna, acusado de desaparición forzada de personas. La Sala Constitucional ordena a la Corte de Apelaciones informar sobre el estado actual de la causa penal y si se dictó sentencia en el nuevo juicio oral y público solicitado.
Extracto de la motiva
Que “igualmente es violatoria del artículo 49 constitucional, respecto al derecho a la defensa y a ser escuchado, ya que no consta en el expediente que las victimas indirectas, fueron citadas o escuchadas por quienes decidieron sobre la presente nulidad, así como se violó el principio del juez natural al disponer lo que debe decidir el Tribunal que actué en la reposición de la causa, sin darle lugar al criterio del nuevo juez actuante, obviando el principio de inmediación, base fundamental del proceso penal vigente de Venezuela…” (Sic). Finalmente la accionante hace el siguiente petitorio: Que “por todo lo anteriormente expuesto, solicitamos a esta Honorable Sala de Casación Penal, se sirva dictar medida de amparo que restablezca el principio del juez natural, así como garantizar el acceso a la justicia, por parte de las victimas indirectas e impedir se haga nugatoria la realización de un juicio justo y acorde con los principios procesales contemplados tanto en la Carta Magna, como en los Códigos Penales y Procesales respectivos, suspendiendo los efectos de la decisión dictada por la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, el pasado 12 de Abril de 2019 en la presente causa.” (Sic).
Dispositiva
ORDENA: al Presidente de la Corte de Apelaciones del Primer Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, que en un lapso de cinco(5) días siguientes a su notificación, más cuatro (4) días correspondiente al término de la distancia que INFORME a esta Sala de manera sucinta el estado actual de la causa penal signada con el N.º BP01-P-2011-000123, en el proceso penal que se le sigue al ciudadano Carlos Miguel Vargas Reyna, por la presunta comisión de los delitos de desaparición forzada de personas y quebrantamientos de pactos internacionales; información que deberá remitir con el acompañamiento de la documentación respectiva, y b) si fue dictada la sentencia producto del nuevo juicio oral y público ordenado el 21 de marzo de 2017, por la Corte de Apelaciones de ese mismo circuito judicial penal.