Sentencia N° 377 — Sala Constitucional del TSJ, 6 de marzo de 2007

TSJ/SC, Sent. N° 377, Exp. 05-2306, 06/03/2007
Expediente05-2306
PonenteFRANCISCO ANTONIO CARRASQUERO LÓPEZ
MateriaLaboral
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2007-03-06
DecisiónInadmisible

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia declaró inadmisible la acción de amparo constitucional interpuesta por el abogado Oscar Bernal Segovia en representación de Cleveland Indians Baseball Company. La decisión se fundamentó en la falta de representación adecuada, ya que el poder otorgado al abogado no era suficiente para actuar en este tipo de procedimiento. La Sala reiteró que la legitimación activa en materia de amparo corresponde a quien se afirme agraviado en sus derechos constitucionales y que la falta de representación es causal de inadmisibilidad según la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia.

Extracto de la motiva

La Sala en sentencias números 1894 del 27 de octubre de 2006 y 2282 del 12 de diciembre de 2006, conociendo en apelación en casos análogos, relacionada con la misma parte accionante, estableció en la primera sentencia reiterada en la segunda, respectivamente, lo siguiente: '...Al respecto, esta Sala advierte que, revisadas las actas que conforman el presente expediente contentivo de la acción de amparo constitucional y el poder presentado por los abogados Jesús Efraín Muñoz y Oscar Bernal Segovia, otorgado el 15 de febrero de 2005, ante el Consulado General de la República Bolivariana de Venezuela en Miami, Estado de Florida, Estados Unidos de América que corre del folio 13 al folio 15, que tales apoderados judiciales de la accionante realizaron actuaciones procesales afirmando tener representación para ello; no obstante, el poder con que actuaron no es eficaz y suficiente por no atribuir facultad para intentar acciones de amparo constitucional.'

Dispositiva

Por las consideraciones de hecho y derecho que anteceden, esta Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE el recurso de apelación ejercido contra la decisión dictada el 14 de noviembre de 2005 por el Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy. Asimismo, declara INADMISIBLE la acción de amparo constitucional interpuesta por el abogado Oscar Bernal Segovia, actuando en representación de Cleveland Indians Baseball Company, contra el auto dictado el 21 de octubre de 2005 por el Juzgado Primero de Sustanciación, Mediación y Ejecución de la Coordinación Laboral del Estado Yaracuy.

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