Sentencia N° 376 — Sala Constitucional del TSJ, 1 de enero de 2025

TSJ/SC, Sent. N° 0376, Exp. 24-0363, 20/03/2025
Expediente24-0363
PonenteLuis Fernando Damiani Bustillos
MateriaConstitucional
Tipo de recursoRevision Constitucional
Fecha de la decisión2025-01-01
DecisiónNO HA LUGAR

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, en su decisión, declara no ha lugar la solicitud de revisión constitucional presentada por el abogado Luis Gerardo Pineda Torres, en representación de varios ciudadanos, respecto al fallo N° 000799 de la Sala de Casación Civil. Este fallo había declarado con lugar un recurso extraordinario de casación y ordenado la reposición de la causa al estado que el Juzgado Primero de Primera Instancia continuara la sustanciación de la acción de reconocimiento de unión concubinaria. La Sala Constitucional considera que no existen circunstancias que justifiquen el ejercicio de la potestad extraordinaria de revisión.

Extracto de la motiva

consideraciones de la Sala de Casación Civil no son suficientes como para dejar a [sus] representados sometidos innecesariamente a cursar todo el iter IAJuriss.com | Base de Datos Jurídica de Venezuela | Página 4 de 25 procedimental de un juicio contencioso ordinario, donde de suyo (sic), ya se sabe existe la manifestación expresa de una unión estable de hecho declarada públicamente por los mismos contrayentes” (Corchetes de la Sala). Que “(…) el Juez de la alzada no fue que resolvió el mérito de lo debatido, solo se limitó a sostener lo que manifestaron las partes ante el Registro Civil en el contenido del acta, con un cálculo simple del tiempo de duración de la unión estable de hecho, cual es, once (11) años aproximados contados en retrospectiva desde

Dispositiva

NO HA LUGAR la solicitud de revisión constitucional ejercida por el abogado Luis Gerardo Pineda Torres, en su condición de apoderado de los ciudadanos PEDRO ANTONIO DEL GROSSO ZORZETTO, MARÍA PATRICIA DEL GROSSO ZORZETTO, ELIZABETTA DEL GROSSO ZORZETTO y GIANPIETRO JOSÉ DEL GROSSO ÁLVAREZ, ya identificados, del fallo N° 000799, proferido por la Sala de Casación Civil del Tribunal Supremo de Justicia el 1° de diciembre de 2023.

Palabras clave

concubinatounión estable de hechoregistro civilinadmisibilidadjurisprudenciapartición de bienes

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