Sentencia N° 3754 — Sala Constitucional del TSJ, 7 de diciembre de 2005
TSJ/SC, Sent. N° 3754, Exp. 05-0996, 07/12/2005
Expediente05-0996
PonenteLuis Velázquez Alvaray
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2005-12-07
DecisiónSin Lugar
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, en su decisión N° 1.307, aborda la consulta de ley relacionada con el artículo 35 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales. Se establece que, tras la publicación de la decisión en la Gaceta Oficial, las partes tenían un plazo de treinta días para manifestar su interés en que se decidiera la consulta. Al no haber manifestaciones de interés por parte de las partes, la Sala acuerda remitir el expediente al tribunal de origen para su archivo, declarando que la decisión objeto de consulta ha quedado definitivamente firme.
Extracto de la motiva
La presente causa se refiere a la consulta de ley a la que se encontraba sometida la decisión dictada por la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, en la acción de amparo constitucional intentada por la abogada Carmen A. Perozo H., actuando como defensora de los ciudadanos JHON ANDERSON SOTO GONZÁLEZ y FRANKLIN EDUARDO CARUCÍ SALCEDO, contra la omisión del Juzgado Noveno de Control del referido Circuito Judicial Penal. Visto que, ha transcurrido en su totalidad el lapso de treinta (30) días anteriormente mencionado, sin que ninguna de las partes haya manifestado su interés en que se decida el presente caso, esta Sala Constitucional, por cuanto la decisión que era objeto de consulta ha quedado definitivamente firme, acuerda remitir el expediente al Tribunal de origen, a los fines de su archivo.
Dispositiva
Acuerda remitir el expediente al Tribunal de origen, a los fines de su archivo. Así se decide.
Palabras clave
consulta de leyamparo constitucionaldecisión firmeGaceta OficialCorte de ApelacionesEstado Larainterés de las partes