Sentencia N° 3730 — Sala Constitucional del TSJ, 6 de diciembre de 2005
TSJ/SC, Sent. N° 3730, Exp. 04-2798, 06/12/2005
Expediente04-2798
PonenteJESÚS EDUARDO CABRERA ROMERO
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2005-12-06
DecisiónSin Lugar
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la apelación interpuesta contra una decisión del Juzgado Superior Tercero en lo Civil, Mercantil y Tránsito, que había declarado parcialmente con lugar un amparo constitucional. La apelación fue presentada por el abogado Juan Antonio Darias Montilla en nombre de la parte demandante, quien alegaba violaciones al debido proceso. La Sala determinó que el Juzgado de Primera Instancia había extralimitado sus funciones al condenar en costas a la actora, quien no había resultado vencida en el proceso.
Extracto de la motiva
En virtud de lo expuesto, juzga la Sala que si bien el Código de Procedimiento Civil faculta al Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, para condenar en costas a los ciudadanos que resultaren totalmente vencidos en sus decisiones, no es menos cierto que en el presente caso al haberse aplicado dicha sanción a pesar de que no estaban dados los supuestos para su procedencia, el Juez de alzada actuó fuera de las competencias que le están atribuidas, extralimitándose en sus funciones, por cuanto se apartó de los lineamientos establecidos en el citado Código, actuación que dejó indefenso al accionante -por cuanto no tenía por la vía ordinaria mecanismo de defensa y lesionó el debido proceso que debe imperar en toda causa...
Dispositiva
Sin Lugar la apelación interpuesta por el abogado Juan Antonio Darias Montilla, contra la decisión dictada por el Juzgado Superior Tercero en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, el 30 de septiembre de 2004. En consecuencia, se confirma la sentencia del 30 de septiembre de 2004, emanada del Juzgado Superior Tercero en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción que declaró parcialmente con lugar el amparo interpuesto, por los abogados José Vicente Arvelaiz Carpio y Graciela Mirabal Borges, actuando en su carácter de apoderados judiciales de la ciudadana MARISOL TORRES MIRABAL, antes identificada, y anuló el dispositivo del fallo dictado por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Transito de la misma Circunscripción Judicial del 27 de julio de 2004, sólo en lo alusivo a la condenatoria en costas de que fue objeto la ciudadana Marisol Torres Mirabal.
Palabras clave
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