Sentencia N° 372 — Sala Constitucional del TSJ, 28 de abril de 2023

TSJ/SC, Sent. N° 0372, Exp. 22-0411, 28/04/2023
Expediente22-0411
PonenteLUIS FERNANDO DAMIANI BUSTILLOS
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2023-04-28
DecisiónInadmisible

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia declaró inadmisible la acción de amparo constitucional interpuesta por los abogados de Paul Graham Stanley contra la sentencia dictada el 16 de marzo de 2022 por la Sala 2 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Aragua. La inadmisibilidad se fundamentó en la falta de legitimación de los apoderados judiciales para actuar en nombre del demandante, ya que no presentaron el poder correspondiente en forma adecuada. La decisión se basa en el artículo 133 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, que establece que la falta de representación es causal de inadmisibilidad. La Sala enfatizó la importancia de cumplir con los requisitos formales para garantizar la seguridad jurídica en los procedimientos judiciales. Finalmente, se ordenó la publicación y registro de la decisión, archívese el expediente, reafirmando la autoridad del Tribunal en la administración de justicia.

Extracto de la motiva

No obstante lo supra señalado, reitera esta Sala 2, conforme con el criterio sentado en la sentencia N° 403, emanada de la Sala Constitucional de nuestro Máximo Tribunal de Justicia, con ponencia del Magistrado JESÚS EDUARDO CABRERA ROMERO, que la tutela judicial efectiva, de la cual se deriva el derecho al recurso, es un derecho de configuración legal, de carácter extenso, que no solo está referido a las pretensiones del justiciable y a su acceso a los órganos de justicia en el tiempo, forma y modo que él decida. De allí, se afirma que resulta imperante el cumplimiento de los requisitos establecidos en la ley para su acceso, sin que estos requisitos puedan ser tildados de formalidades no esenciales. En el mismo sentido, se afirma que, el derecho a la tutela judicial efectiva reconocido por el artículo 26 de la Constitución de la República, es el que garantiza la libertad de acceso de todos los ciudadanos a los tribunales de justicia, de conformidad con lo pautado en la ley, que a su vez ofrece distintas vías procesales. Estas normas de procedimiento que regulan esas vías, son preceptos que establecen los medios de impugnación a través de los cuales tal derecho ha de ejercerse. Por tanto, los preceptos legales que regulan el ejercicio de los recursos, son necesarios, tomando en cuenta la naturaleza y finalidad del proceso, debiendo respetarse algunas formas procesales donde se determine que ciertas consecuencias no se tendrán por producidas cuando no se observen los requisitos de admisibilidad o procedibilidad, todo esto en aras de la certeza y la seguridad jurídica (sentencias 403/2005, del cinco (05) de abril; 1.386/2008, del trece (13) de agosto, y 1661/2008, del treinta y uno (31) de octubre, Sala Constitucional). Tales exigencias formales, que cumplen por lo general una misión trascendente en la organización del proceso, sólo deben causar la grave consecuencia de inadmisión del recurso cuando no son perfectamente observadas por el recurrente, a fin de que éstas no se conviertan en un obstáculo insalvable que no permita la continuación del proceso (sentencias 403/2005, del cinco (05) de abril; 1.386/2008, del trece (13) de agosto; y 1.661/2008, del treinta y uno (31) de octubre, de esta Sala). Algunas de esas formas procesales cuyo cumplimiento es necesario para la tramitación de los recursos en el proceso penal, están referidas a lo que en la teoría general de los recursos se denominan presupuestos de la impugnación, siendo éstos los siguientes: a) El agravio o gravamen, tal como lo exige el artículo 436 del Código Orgánico.

Dispositiva

Se declara INADMISIBLE la acción de amparo constitucional ejercida por los abogados Oscar Borges Prim, Diurkin Bolívar Lugo e Indira Mercedes Amarista Aguilar, actuando como apoderados judiciales del ciudadano Paul Graham Stanley contra la sentencia dictada el 16 de marzo de 2022 por la Sala 2 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Aragua.

Palabras clave

Amparo ConstitucionalInadmisibilidadLegitimación

Leyes que cita esta sentencia

¿Necesitas analizar esta sentencia o encontrar otras parecidas?
El asistente de IA de IAJURISS responde citando la ley y la sentencia exacta, con enlace al documento original.
Preguntar a la IA gratis → Ver el PDF oficial Explorar la Biblioteca