Sentencia N° 372 — Sala Constitucional del TSJ, 5 de agosto de 2021
TSJ/SC, Sent. N° 0372, Exp. 19-0150, 05/08/2021
Expediente19-0150
PonenteLUIS FERNANDO DAMIANI BUSTILLOS
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2021-08-05
DecisiónInadmisible
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia declara inadmisible la acción de amparo constitucional interpuesta por el abogado Javier Celis Schmeidt, en representación de la sociedad mercantil C.A. AZUCA, contra la sentencia del Tribunal Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara. La decisión se basa en la falta de legitimación activa del apoderado, ya que no presentó el poder correspondiente que acreditara su representación legal. La Sala argumenta que la falta de este documento es suficiente para declarar la inadmisibilidad de la acción.
Extracto de la motiva
motiva”; iii) declaró parcialmente con lugar la demanda, y; iv) no condenó en costas dadas las características del fallo. El 4 de abril de 2019, se dio cuenta en Sala y se designó ponente al Magistrado Luis Fernando Damiani Bustillos, quien con tal carácter suscribe el presente fallo. El 7 de mayo y el 11 de julio de 2019, el abogado Javier Celis Schmeidt, ya identificado, consignó diligencia ante la Secretaría de esta Sala realizando pedimentos. El 22 de enero de 2020, el abogado Javier Celis Schemidt, ya identificado, consignó diligencia formulando alegatos, efectuando pedimentos y suministrando información. El 4 de noviembre y el 17 de diciembre de 2020, el apoderado judicial de la sociedad mercantil C.A. AZUCA, ya identificado, consignó diligencias vía correo electrónico mediante la cual formuló alegatos y efectuó pedimentos. En fecha 5 de febrero de 2021, se reconstituyó esta Sala Constitucional en virtud de la elección de la nueva Junta Directiva de este Tribunal Supremo de Justicia, en consecuencia, quedó integrada de la siguiente manera: Magistrada Lourdes Benicia Suárez Anderson, Presidenta; Magistrado Arcadio Delgado Rosales, Vicepresidente; y los Magistrados y Magistradas Carmen Z
Dispositiva
Se declara inadmisible la acción de amparo constitucional ejercida por el abogado Javier Celis Schmeidt, actuando en su carácter de apoderado judicial de la sociedad mercantil C.A. AZUCA, contra la sentencia definitivamente firme dictada por el Tribunal Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara de 22 de octubre de 2018, en el asunto KP02-R-2018-000440.