Sentencia N° 372 — Sala Constitucional del TSJ, 26 de abril de 2013

TSJ/SC, Sent. N° 372, Exp. 12-0636, 26/04/2013
Expediente12-0636
PonenteFRANCISCO ANTONIO CARRASQUERO LÓPEZ
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2013-04-26
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, en su decisión, declara con lugar el recurso de apelación interpuesto por Edgardo Rojas López contra la decisión del Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de Zulia, que había declarado inadmisible su pretensión de amparo constitucional. La Sala considera que el apelante, aunque no fue parte en el juicio principal, tiene un interés legítimo afectado por la decisión que anuló la venta de un inmueble que poseía. La Sala ordena al Juzgado Superior que resulte competente pronunciarse sobre la admisibilidad de la pretensión constitucional ejercida por el apelante.

Extracto de la motiva

La Sala Constitucional, al analizar el caso, determina que el ciudadano Edgardo Rojas López, aunque no fue parte en el juicio de nulidad de venta, se vio afectado en su derecho de propiedad sobre el inmueble en cuestión. La decisión del Juzgado Superior que declaró inadmisible la acción de amparo no consideró adecuadamente la situación jurídica del apelante, quien tenía un interés legítimo en la resolución del caso. Por lo tanto, se concluye que la acción de amparo constitucional es procedente y debe ser admitida para su análisis en el fondo.

Dispositiva

PRIMERO: CON LUGAR el recurso de apelación propuesto, el 30 de abril de 2012, por el abogado Ángel Enrique Mendoza, contra la decisión dictada, el 26 de abril de 2012, por el Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, que declaró inadmisible la pretensión constitucional. SEGUNDO: SE ANULA la decisión apelada. TERCERO: SE ORDENA al Juzgado Superior que resulte competente, previa distribución de ley, para el conocimiento del asunto, que se pronuncie con relación a la pretensión constitucional ejercida por el ciudadano EDGARDO ROJAS LÓPEZ.

Palabras clave

amparo constitucionalnulidad de ventaderecho de propiedadinterés legítimo

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