Sentencia N° 372 — Sala Constitucional del TSJ, 11 de mayo de 2010
TSJ/SC, Sent. N° 372, Exp. 09-0071, 11/05/2010
Expediente09-0071
PonentePEDRO RAFAEL RONDÓN HAAZ
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2010-05-11
DecisiónSin Lugar
Resumen
La ciudadana Leonor Sandoval de Rodríguez interpuso una demanda de amparo constitucional contra una decisión que ordenó su desalojo. El Juzgado Superior Civil, Mercantil, Bancario, Tránsito y Protección del Niño y del Adolescente del Estado Guárico declaró parcialmente con lugar la demanda, reconociendo la vulneración de sus derechos al debido proceso y a la defensa. Sin embargo, la Sala Constitucional del TSJ, al revisar el caso, determinó que la denuncia de fraude procesal presentada por la actora debía ser tramitada por la vía ordinaria y no a través del amparo constitucional, lo que llevó a confirmar la decisión del juzgado inferior.
Extracto de la motiva
De autos se desprende que la ciudadana Leonor Sandoval de Rodríguez intentó, ante el Juzgado Superior Civil, Mercantil, Bancario, Tránsito y Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, demanda de amparo constitucional contra la decisión que dictó el Juzgado Primero de Primera Instancia Civil, Mercantil, Bancario y Tránsito de la misma Circunscripción Judicial, que ordenó la entrega forzosa de un inmueble y contra el acto de desalojo que materializó el Juzgado Primero Ejecutor de Medidas de los Municipios Girardot y Mario Briceño Iragorry de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua. El Juzgado Superior Civil, Mercantil, Bancario, Tránsito y Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, que conoció en primera instancia constitucional, emitió sentencia definitiva en la cual declaró parcialmente con lugar la demanda de amparo, por cuanto estimó que, efectivamente, se vulneraron sus derechos a la defensa y al debido proceso a la quejosa, cuando el Tribunal de la causa no se pronunció sobre la oposición que ella formuló contra la ejecución.
Dispositiva
Por las razones que anteceden, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala Constitucional, administrando justicia en nombre de la República por autoridad de la Ley, se declara SIN LUGAR el recurso de apelación y CONFIRMA la decisión que pronunció el Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Bancario, Tránsito y Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico el 18 de diciembre de 2008, que declaró PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda de amparo constitucional que intentó la ciudadana LEONOR SANDOVAL DE RODRÍGUEZ, contra el fallo que emitió el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil Bancario y Tránsito de la misma Circunscripción Judicial el 1° de agosto de 2008 y contra el desalojo que materializó el Juzgado Primero Ejecutor de Medidas de los Municipios Girardot y Mario Briceño Iragorry de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua el 1° de octubre de 2008.