Sentencia N° 3701 — Sala Constitucional del TSJ, 19 de diciembre de 2003
TSJ/SC, Sent. N° 3701, Exp. 02-3115, 19/12/2003
Expediente02-3115
PonenteAntonio J. García García
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2003-12-19
DecisiónInadmisible
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia recibió un amparo constitucional interpuesto por el Coronel (GN) Carlos Hernández Martínez contra el General de División (GN) Eugenio Gutiérrez, por la amenaza de ser sometido a un Consejo de Investigación. La Corte Primera de lo Contencioso Administrativo había declarado su incompetencia y remitido el caso a la Sala Constitucional. La Sala, tras analizar el caso, concluyó que la acción de amparo era inadmisible debido a que la situación jurídica del accionante era irreparable, ya que el Consejo de Investigación había sido abierto.
Extracto de la motiva
La Sala observa que la pretensión de amparo constitucional obra, de acuerdo con los argumentos esgrimidos en el escrito que encabeza los autos, contra el Comandante General de la Guardia Nacional, General de División (GN) Eugenio Gutiérrez, por la amenaza inminente de sumisión del accionante a un Consejo de Investigación, en virtud de las declaraciones dadas por el Presidente de la República a los medios de comunicación, en las que le atribuye la comisión de delitos y faltas. Ahora bien, consta en las actas del expediente, cartel de notificación publicado en el diario “Últimas Noticias”, el 10 de noviembre de 2002, suscrito por el ciudadano General de Brigada (Ej) José Luis Prieto, en su carácter de Ministro de la Defensa, a través del cual, entre otros, se le comunicó al ciudadano Coronel (GN) CARLOS HERNÁNDEZ MARTÍNEZ –accionante en el presente caso-, que por disposición del ciudadano Presidente de la República, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 62, 280, 282 literal d y 287 de la Ley Orgánica de las Fuerzas Armadas Nacionales y los artículos 2, 3 y 6 del Reglamento de Consejos de Investigación, ha sido sometido “(...) a Consejo de Investigación para estudiar y calificar su conducta, por la presunta comisión de faltas militares e infracciones de carácter disciplinario, contemplados en el ordenamiento jurídico vigente, especialmente de las que pudieran desprenderse de las declaraciones dadas a los medios de comunicación social sin previa autorización y a su participación en eventos de evidente carácter político”.
Dispositiva
Por las razones precedentemente expuestas, esta Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia, en nombre de la República, por autoridad de la Ley, ACEPTA LA COMPETENCIA que le declinara la Corte Primera de lo Contencioso Administrativo y declara INADMISIBLE la acción de amparo constitucional incoada por el Coronel (GN) CARLOS HERNÁNDEZ MARTÍNEZ, asistido por los abogados René Buroz Arismendi, Enrique Prieto Silva, Luis Rafael Aponte, Rigoberto Quintero Rodríguez, Carlos Martínez Ceruzzi, Dorismary Vega Villalobos, Silvana A. Gómez Mercado y Rosa Virginia Cabrera Carpio, antes identificados, contra el Comandante General de la Guardia Nacional, General de División (GN) Eugenio Gutiérrez, por la amenaza inminente de ser sometido a un Consejo de Investigación en virtud de las declaraciones dadas por el Presidente de la República a los medios de comunicación, en las que le atribuye la comisión de hechos punibles. Publíquese y regístrese. Remítase el expediente al tribunal de origen. Cúmplase lo ordenado.
Palabras clave
amparo constitucionalConsejo de Investigaciónpresunción de inocenciaincompetenciaderechos constitucionalesCorte Primera de lo Contencioso AdministrativoMinisterio de Defensadeclaraciones del Presidente