Sentencia N° 370 — Sala Constitucional del TSJ, 17 de mayo de 2016
TSJ/SC, Sent. N° 370, Exp. 15-0593, 17/05/2016
Expediente15-0593
PonenteCarmen Zuleta De Merchán
MateriaCivil
Tipo de recursoRevision Constitucional
Fecha de la decisión2016-05-17
DecisiónCúmplase lo ordenado.
Resumen
La Sala Constitucional revisa una sentencia del Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil que declaró sin lugar una apelación y confirmó la resolución de un contrato de arrendamiento. Se argumenta que el demandado no pudo contestar la demanda debido a la situación de indefensión provocada por un accidente de su abogado. La Sala ordena notificar al juzgado de origen para que remita el expediente correspondiente, advirtiendo sobre las sanciones por incumplimiento.
Extracto de la motiva
Visto que, no consta en autos que dicho planteamiento haya sido realizado durante el curso de la causa y más concretamente en la alzada con motivo del recurso de apelación ejercido contra la sentencia dictada en primera instancia, esta máxima instancia constitucional, con el objeto de formarse mejor criterio y en aras de dictar una decisión ajustada a Derecho, ordena a la Secretaría de la Sala, de conformidad con la parte in fine del artículo 145 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, que notifique al Juez a cargo del Juzgado Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Girardot y Mario Briceño Iragorry de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, para que, dentro del lapso de cinco (5) días de despacho siguientes, contados a partir de su notificación, más dos (2) días continuos que se le conceden como término de la distancia, remita copia certificada del expediente N° 9101-10, nomenclatura de dicho tribunal, contentivo del juicio del juicio por resolución de contrato de arrendamiento que interpusiera la sociedad mercantil en nombre colectivo Universal Bienes Raíces (Díaz, Gutiérres, Hidalgo y CIA), contra el ciudadano Mario Rafael Carillo.