Sentencia N° 368 — Sala Constitucional del TSJ, 19 de noviembre de 2019
TSJ/SC, Sent. N° 0368, Exp. 18-0130, 19/11/2019
Expediente18-0130
PonenteLOURDES BENICIA SUÁREZ ANDERSON
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2019-11-19
DecisiónTerminación del procedimiento por abandono del trámite
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia declara la terminación del procedimiento de amparo constitucional interpuesto por C.A. CIGARRERA BIGOTT, SUCESORES, debido al abandono del trámite, ya que la parte actora no mostró interés en continuar con el proceso durante más de seis meses. La sentencia impugnada fue dictada el 22 de septiembre de 2017 por el Juzgado Superior Primero del Trabajo del Estado Zulia, que había declarado desistido el recurso de apelación por falta de fundamentación. La Sala también impone una multa a la demandante por la cantidad de cinco mil bolívares.
Extracto de la motiva
CONSIDERACIONES PARA DECIDIR Precisado lo anterior y siendo que, como antes se indicó, esta Sala asumió la competencia para conocer de este asunto en la sentencia n.° 430 del 22 de junio de 2018, es de observar que en el presente asunto se está accionando a través del amparo contra la sentencia del 22 de septiembre de 2017, dictada por el Juzgado Superior Primero del Trabajo del Circuito Judicial Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en el marco del juicio contencioso administrativo de nulidad instaurado por la hoy quejosa, con el fin de enervar el acto administrativo de efectos particulares contenido en la providencia identificada con el n.° 48/14 del 20 de marzo de 2014, dictada por la Inspectoría del Trabajo “Dr. Luis Hómez”, de la ciudad de Maracaibo, estado Zulia. Ahora bien, revisadas como han sido las actas procesales que conforman la presente causa, advierte esta Sala que la última actuación válida realizada por la parte
Dispositiva
PRIMERO: TERMINADO EL PROCEDIMIENTO, por abandono del trámite de la acción de amparo constitucional interpuesta por la representación judicial de la sociedad mercantil C.A. CIGARRERA BIGOTT, SUCESORES, contra la sentencia proferida el 22 de septiembre de 2017, por el Juzgado Superior Primero del Trabajo del Circuito Judicial Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia. SEGUNDO: Se IMPONE multa a la demandante por la cantidad de cinco mil bolívares (Bs. 5.000,00), pagaderos a favor de la Tesorería Nacional en cualquier institución financiera receptora de fondos nacionales.